SALTA, 04 de octubre de 2000



Expte. Nº 757/92



VISTO el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la resolución rectoral Nº 220-00, por los abogados Román SALIM y Ricardo Eduardo SEPÚLVEDA, quienes actúan en nombre y representación de la Srta. Miriam del Huerto ARREDES; y


COINSIDERANDO:


QUE por la citada resolución no se hace lugar al pedido efectuado por la Srta. ARREDES de asignarle las funciones de Supervisor Jefe de Mesa de Entradas, categoría 7, conforme a las pruebas que obran en las actuaciones de referencia.


QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a Fs. 99 del Expte. informa nuevamente que las funciones que cumple la citada agente, corresponden a la categoría 4 (actual 5) y ratifica su informe de Fs. 63.


QUE ASESORIA JURÍDICA en su dictamen Nº 5575 analiza las actuaciones y el Recurso de Reconsideración y no advierte que se hayan agregado nuevos elementos de prueba como para hacer variar el criterio sustentado por la UNIVERSIDAD en la resolución recurrida, por lo que aconseja rechazar dicho Recurso.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por los abogados Román SALIM y Ricardo Eduardo SEPÚLVEDA, quienes actúan en nombre y representación de la Srta. Miriam del Huerto ARREDES, en contra de la resolución rectoral Nº 220-00, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Notifíquese a la interesada que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral el jerárquico en el plazo de quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Personal, Asesoría Jurídica, Abogados Salim y Sepúlveda y Srta. Arredes. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



CR. Héctor Alfredo FLORES DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCION R- Nº 400-00