SALTA, 27 de setiembre de 2000



Expte. Nº 21.038/00


VISTO este expediente y la resolución rectoral Nº 304-00, del 10 de agosto de 2000; y

CONSIDERANDO:


QUE por la misma se convoca a elecciones para la renovación de los representantes por los Padres o Tutores y por el Claustro de Alumnos ante el Consejo Asesor del INSTITUTO DE EDUCACION MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”.

QUE ASESORIA JURIDICA advierte un error en su dictamen Nº 5513, que fue el fundamento jurídico de la resolución rectoral Nº 304-00, por lo que aconseja modificar el primer considerando de la mencionada resolución.


QUE a Fs. 9 el Lic. Adrián DIB CHAGRA, SECRETARIO DE EXTENSION UNIVERSITARIA, solicita la exclusión de la Junta Electoral, en razón de las actividades que tiene a su cargo.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Sustituir el primer considerando de la resolución rectoral Nº 304-00, por el que se transcribe a continuación:


“QUE ASESORIA JURIDICA, informa que de acuerdo a lo establecido en la resolución CS-Nº 132/00, mediante la cual el CONSEJO SUPERIOR decidió que la resolución Nº 114/90 está tácitamente derogada, debe aplicarse lo establecido en el Reglamento Electoral General, resolución Nº 141/96 del CONSEJO SUPERIOR.”

ARTICULO 2º.- Reemplazar al Sr. SECRETARIO DE EXTENSION UNIVERSITARIA por la Sra. SECRETARIA ACADEMICA, como miembro de la Junta Electoral designada en el artículo 2º de la resolución rectoral Nº 304-00.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica e Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”. Cumplido siga al citado INSTITUTO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



Prof. María Teresa ALVAREZ de FIGUEROA DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ACADEMICA RECTOR



RESOLUCION R- Nº 382-00