SALTA, 7 de septiembre de 2000
Expte. Nº 1.013/00
VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, eleva el Convenio Marco suscrito entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO Filial Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE a través del mismo la UNIVERSIDAD brindará capacitación a los empleados de comercio nucleados en el Gremio, con el dictado de cursos de enseñanza, perfeccionamiento o actualización de acuerdo a las necesidades planteadas por el SINDICATO. Asimismo se brindará asistencia técnica, pasantías y cualquier otra actividad específica o docente que resulte de interés común para ambas partes.
QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 9, informa que el mismo se encuadra en la reglamentación vigente para la Prestación de Servicios Técnicos, resolución CS-Nº 433-90 y modificatoria.
QUE ASESORIA JURIDICA, en su dictamen Nº 5536 informa que no tiene objeción legal que formular al Convenio.
QUE el citado Convenio fue suscrito entre las Instituciones mencionadas, con fecha 28 de agosto de 2000, cuyo texto original obra a Fs. 11/12 de las presentes actuaciones.
QUE en virtud de ello y a fin de dejar formalizado el Convenio, es necesario proceder a la emisión de la correspondiente resolución rectoral.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Aprobar el Convenio Marco suscrito entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO Filial Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Sindicato de Empleados de Comercio. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG/In
CR. Héctor Alfredo FLORES DR. Víctor Omar VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCION R- Nº 354-00