SALTA, 9 de agosto de 2000



Expte. Nº 1.196/99



VISTO este expediente relacionado con el Proyecto de CONVENIO entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO); y


CONSIDERANDO:


QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 2, informa que esta UNIVERSIDAD a través del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES EN ENERGIAS NO CONVENCIONALES (INENCO), brindará asesoramiento técnico al MINISTERIO DE EDUCACION de la PROVINCIA DE JUJUY y que el mismo se encuadra en la reglamentación vigente para la Prestación de Servicios Técnicos, resolución CS-Nº 433-90 y modificatorias.


QUE el citado CONVENIO ha sido firmado entre las partes con fecha 6 de diciembre de 1999.


QUE ASESORIA JURIDICA mediante dictamen Nº 5268, informa que no tiene objeción legal que formular al mismo, pero sería conveniente que el Convenio sea suscrito por el Sr. Rector.


QUE el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES EN ENERGIAS NO CONVENCIONALES (INENCO), a Fs. 14 propone los representantes que deberán conformar la Comisión Técnica.

Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 16 vta.



EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO suscrito entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Designar a los siguientes representantes de esta UNIVERSIDAD, a fin de conformar la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 4º del Convenio suscrito con el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE JUJUY:


Ing. Carlos Alberto CADENA

Dr. Luis Roberto SARAVIA


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy e INENCO. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



Prof. María Teresa ALVAREZ de FIGUEROA DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ACADEMICA RECTOR



RESOLUCION R- Nº 301-00