SALTA, 9 de agosto de 2000



Expte. Nº 863/00



VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, eleva el Convenio de Asistencia Técnica suscrito entre los PESCADORES ARTESANALES DE ORAN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el citado Convenio tiene como objetivo realizar la Evaluación del Impacto Ambiental de la Pesca Artesanal en el Río Bermejo, conforme a las condiciones establecidas por el Decreto 805/96, Iniciativa Privada de la Provincia de Salta, de acuerdo a los requisitos exigidos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Provincia de Salta.


QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 4, el mismo se encuadra en la reglamentación vigente para la Prestación de Servicios Técnicos, resolución CS-Nº 433-90 y modificatoria.


QUE ASESORIA JURIDICA, en su dictamen Nº 5485 informa que no tiene objeción legal que formular al mismo.


QUE el citado Convenio fue suscrito entre las Instituciones mencionadas, con fecha 12 de julio de 2000, cuyo texto original obra a Fs. 11/12 de las presentes actuaciones.


QUE en virtud de ello y a fin de dejar formalizado el Convenio, es necesario proceder a la emisión de la correspondiente resolución rectoral.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,



EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Aprobar el Convenio de Asistencia Técnica entre PESCADORES ARTESANALES DE ORAN con el patrocinio de la MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la Cátedra de Piscicultura y Pesquerías de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán, Facultad de Ciencias Naturales y Pescadores Artesanales de Orán. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



Prof. María Teresa ALVAREZ de FIGUEROA DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ACADEMICA RECTOR



RESOLUCION R- Nº 299-00