SALTA, 6 de Julio de 2000



Expte. Nº 10.271/00


VISTO estas actuaciones relacionadas con el ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD entre PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA y UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y


CONSIDERANDO:


QUE es necesario que la UNIVERSIDAD autorice a su personal, en los casos que considere importantes, a firmar acuerdos de confidencialidad de la información que deban manejar.


QUE el Ing. Alfredo FUERTES, Presidente del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), informa a Fs. 23/24 que las actividades para las que se requiere el Acuerdo de Confidencialidad son de suma importancia para el desarrollo socioeconómico de la Región.


QUE ASESORIA JURIDICA en su dictamen Nº 5478, expresa que no tiene objeción legal que formular a la firma de Acuerdos de Confidencialidad, por parte de los docentes e investigadores que intervengan en los proyectos.


QUE la actividad a realizar se encuentra contemplada en el Punto V de las Bases establecidas en el Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISION DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO en su despacho de fecha 5 de julio de 2000,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Autorizar al Ing. Alfredo FUERTES, Presidente del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA) a firmar el ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD con PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA.


ARTICULO 2º.- Autorizar al Personal Docente y de Investigación del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA) que participe en las actividades que se realicen, a suscribir los Acuerdos de Confidencialidad correspondientes.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Facultad de Ciencias Naturales, INASLA e Ing. Fuertes. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/In



CR. Héctor Alfredo FLORES DR. Víctor Omar VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCION R- Nº 275-00