SALTA, 4 de julio de 2000
Expte. Nº 498/00
VISTO este expediente relacionado con el Proyecto de Protocolo entre la OBRA CLARETIANA PARA EL DESARROLLO (O.CLA.DE) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO); y
CONSIDERANDO:
QUE el mismo tiene como objetivo colaborar en tareas de promoción e investigación del uso de energías renovables, en las localidades de la Puna de Jujuy y Valles Cordilleranos de Salta.
QUE la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA informa a Fs. 6, que el citado Proyecto de Protocolo se firma en virtud del CONVENIO MARCO oportunamente aprobado por resolución CS-Nº 356/98 y está incluído en los tipos de servicios previstos en el Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos, aprobado por resolución CS-Nº 433-90 y modificatorias.
QUE ASESORIA JURIDICA mediante dictamen Nº 5370, informa que no tiene objeción legal que formular al mismo.
QUE el citado Protocolo ha sido suscrito entre las Instituciones mencionadas con fecha 3 de mayo de 2000, cuyo texto original obra a Fs. 8/10 de las presentes actuaciones.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, a Fs. 13.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Aprobar el Protocolo suscrito entre la OBRA CLARETIANA PARA EL DESARROLLO (O.CLA.DE) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del Instituto de Investigación en Energías No Convencionales (INENCO), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Obra Claretiana para el Desarrollo e INENCO. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG/In
CR. Héctor Alfredo FLORES DR. Víctor Omar VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCION R- Nº 262-00