SALTA, 24 de Abril de 2000



Expte. Nº 1.554/99


VISTO estas actuaciones relacionadas con los autos caratulados: SERAPIO, JUAN B. Y OTROS C/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Expte. Judicial Nº 1.107/90; y


CONSIDERANDO:


QUE la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, a Fs. 15 y 16 y en vistas al fallo judicial citado informa que corresponde la recategorización y reconocimiento de legítimo abono de las diferencias de sueldos, actualización e intereses, entre las categorías de revista asignadas oportunamente por aplicación del Escalafón para el Personal No Docente de Universidades Nacionales, aprobado por el Decreto Nº 2213/87 vigente desde el 1º de diciembre de 1987, y las ordenadas por el Juzgado actuante al personal detallado en el citado informe.


QUE mediante la resolución rectoral Nº 135-00 se aprobó el Convenio de Pago suscrito entre esta Universidad y el apoderado por la parte actora.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,



EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- Modificar el Reencasillamiento del siguiente Personal de Apoyo Universitario, en las categorías que en cada caso se indican, con efecto retroactivo al 1º de diciembre de 1987 o a la fecha que correspondiere por ingresos posteriores, en virtud de lo dispuesto por el fallo judicial dictado en los autos caratulados SERAPIO, JUAN B. Y OTROS C/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Expte. Judicial Nº 1.107/90:



NOMBRE Y APELLIDO CATEGORIA


Zenón Antonio BAUTISTA 7

Eulogio VACA 7

Zenón Dante PAZ 7

Pedro Pablo NIEVA 8

Toribio ZAPANA 8

Osvaldo Juan SOLIVEREZ 9

Modesto MENDOZA 6

Ramón Rafael TABOADA 8

Pablo Nicolás JARAMILLO 6

Marta Irene ARANCIO 8

///...

.../// - 2 –




Expte. Nº 1.554/99




Roberto Gerardo GASPAR 6

Héctor Omar SALSE 6

Carlos Raúl LIENDRO 6

Manuel Cayetano MONTAÑEZ 4

Silvia Leonor MIRANDA 4

Hilda Petrona HOMEZ 4

Miguel Martín NINA 6

Walter Bernabé GASPAR 4



ARTICULO 2º.- Dejar establecido que mediante el Convenio de Pago, esta Universidad ya reconoció la deuda existente, desde el 1º de diciembre de 1987 y hasta el 30 de abril de 1999..


ARTICULO 3º.- Reconocer de legítimo abono y autorizar a al DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, a liquidar en los casos que así corresponda, la diferencia de haberes entre la categoría de revista y la de reencasillamiento por el lapso comprendido entre el 1º de mayo de 1999 y hasta el 31 de marzo de 2000.


ARTICULO 4º.- Imputar el gasto en las respectivas partidas presupuestarias de esta Universidad.


ARTICULO 5º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Administración, de Personal, Tesorería General e interesados. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/in


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICE-RECTOR A/C RECTORADO



RESOLUCION R-Nº 136-00