SALTA, 12 de abril de 2000




Expte. Nº 175/00




VISTO el pedido de licencia sin goce de haberes, interpuesto por la Lic. Elisa Adela COZZI de RAMOS, Jefe del Departamento Promoción de Servicios, categoría 9 de la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA; y


CONSIDERANDO:


QUE dicho pedido lo realiza en razón de haber sido designada como Jefe de Programa Desarrollo Sustentable y Cooperación Internacional (Nº de Orden 1) de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente de la Gobernación.


QUE la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL informa que dicha licencia se encuadra en el artículo 13, apartado II, inciso a) del Decreto 3413, referida al Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal Civil de la Administración Pública.


Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Tener por otorgada la licencia sin goce de haberes a la Lic. Elisa Adela COZZI de RAMOS, Jefe del Departamento Promoción de Servicios, categoría 9 de la SECRETARÍA DE COOPERACION TECNICA, con efecto retroactivo al 24 de febrero de 2000 y mientras dure su designación como Jefe de Programa Desarrollo Sustentable y Cooperación Internacional (Nº de Orden 1) de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente de la Gobernación, efectuada mediante Decreto Nº 608.


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que dicha licencia se acuerda con cargo al artículo 13, apartado II, inciso a) del Decreto Nº 3413, referida al Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal Civil de la Administración Pública.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Dirección General de Personal y Lic. Cozzi de Ramos. Cumplido siga a DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG/in


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICE-RECTOR A/C RECTORADO



RESOLUCION R-Nº 117-00