SALTA, 03 DIC 1999
Expte. N° 1.314/99
VISTO este expediente por el cual el Departamento de Licencias y Registro de Asistencia de la DIRECCION DE REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL hace saber que el Sr. Obdulio Carlos TABOADA cumplió el día 13 de noviembre del corriente año, con el usufructo de dos (2) años de licencia por enfermedad de largo tratamiento y con goce íntegro de haberes; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, inciso c) del Decreto N° 3413/79, al citado agente le corresponde el pago de sólo el cincuenta por ciento (50%) de su haber mensual.
Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Disponer la liquidación y pago a favor del Sr. Obdulio Carlos TABOADA, agente categoría 5, de la DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, del cincuenta por ciento (50%) de su remuneración mensual, por enfermedad de largo tratamiento, con efecto retroactivo al 14 de noviembre del corriente año y por el término de un (1) año.
ARTICULO 2°.- Dejar establecido que lo dispuesto precedentemente se acuerda con cargo al artículo 10, inciso c), del Decreto N° 3413/79, referido al Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal Civil de la Administración Pública Nacional.
ARTICULO 3°.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Personal, de Obras y Servicios y Sr.
Taboada. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportupamente archívese.
JG
FIRMADO FIRMADO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR