SALTA, 18 OCT 1999



Expte. N° 10.255/99


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Ing. José Fernando ARAMAYO y la Ing. Marcelina PICON MATORRAS, docentes de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicitan autorización para realizar el Curso Teórico- Práctico:RECURSOS NATURALES PAISAJISTICOS, destinado al personal de mantenimiento de espacios verdes de esta UNIVERSIDAD.


QUE la Comision de Capacitación Permanente del Personal de Apoyo Universitario, acepta la temática y horario ~ugeridos y aconseja que la organización del mismo esté a cargo del Sr. Antonio SARAPURA, Jefe de Talleres.


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.- Autorizar la realización del Curso Teórico-Práctico RECURSOS NATURALES PAISAJISTICOS, destinado al personal de mantenimiento de espacios verdes de esta UNIVERSIDAD, a cargo dellng. José Femando ARAMAYO y de la Ing. Marcelina PICON MATORRAS, docentes de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, el que se realizará durante los días 15 al 26 de noviembre del corriente año, en el marco del programa de Capacitación del Personal de Apoyo Universitario.


ARTICULO 2°.- Dejar establecido que la organización del Curso estará a cargo del Sr. Antonio SARAPURA, Jefe de Talleres de la DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS y los gastos que demande su ejecución, serán imputados al Programa de Reforma Administrativa.


ARTICULO 3°.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Facultad de Ciencias Naturales, Direcciones Generales de Administración, de Personal, de Obras y Servicios, Tesorería General, Ing. Aramayo, Ing. Picón Matorras, Sr. Sarapura y Comisión de Capacitación P.A.U. Cumplido siga a la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 402-99