SALTA, 17 de setiembre de 1999
Expte. Nº 17.006/99
VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 090-99, del 26 de marzo de 1999; y
CONSIDERANDO;
QUE por la misma se concede licencia sin goce de haberes a la Sra. Patricia Alejandra LOPEZ de ROJAS, al cargo de categoría 5, agrupamiento administrativo en el Jardín Materno Infantil, dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, a partir del 1º de marzo del corriente año y por el término de seis (6) meses.
QUE la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO comunica el reintegro de la Sra. LOPEZ de ROJAS, a partir del 1º de setiembre de 1999, con la aclaración de que la agente pertenece al agrupamiento técnico y no al administrativo, como se consignó en la mencionada resolución.
QUE la DIRECCION DE REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL, ratifica que la citada agente revista en el cargo categoría 5 del Agrupamiento Técnico del JARDIN MATERNO INFANTIL, por lo que corresponde sustituir el artículo 1º de la citada resolución.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Sustituir el artículo 1º de la resolución rectoral Nº 090-99, por el que a continuación se transcribe:
“ARTICULO 1º.- Conceder licencia sin goce de haberes a la Sra. Patricia Alejandra LOPEZ de ROJAS, al cargo de categoría 5, agrupamiento técnico en el Jardín Materno Infantil, dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, a partir del 1º de marzo del corriente año y por el término de seis (6) meses.”
ARTICULO 2º.- Reintegrar a la Sra. Patricia Alejandra LOPEZ de ROJAS, al cargo de categoría 5, Agrupamiento Técnico en el JARDÍN MATERNO INFANTIL, dependiente de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, a partir del 1º de setiembre del corriente año.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, de Bienestar Universitario, Jardín Materno Infantil, Dirección General de Personal y Sra. López de Rojas. Cumplido siga a DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 362-99