SALTA, 26 de agosto de 1999
Expte. Nº 906/95
VISTO la resolución rectoral Nº 707-95, por la cual se dispone que los viajes al exterior deberán contar con la autorización previa dictada mediante resolución del CONSEJO SUPERIOR y/o el RECTOR de la UNIVERSIDAD; y
CONSIDERANDO:
QUE la resolución R-Nº 707-95 ocasionó únicamente, el entorpecimiento de la labor administrativa.
QUE el otorgamiento de las licencias al personal de esta UNIVERSIDAD, está establecido en las resoluciones Nº 343-83 y R-Nº 392-90 y modificatorias.
QUE el Decreto Nº 280/95 referido a “Reglamento a que se ajustarán los viajes al exterior”, no alcanza a las Universidades Nacionales en uso de su autonomía y lo establecido por la Ley Nº 24.156.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Derogar la resolución rectoral Nº 707-95 del 29 de diciembre de 1995, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Dejar establecido que la autorización para realizar viajes al exterior se realizará a través de los mecanismos establecidos en las resoluciones aludidas en el exordio.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes y Dirección General de Administración. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
VICTOR OMAR VIERA DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI
VICE-RECTOR RECTOR
A/C SECRETARIA ACADEMICA
RESOLUCIÓN – R – Nº 338-99