SALTA 21 de abril de 1999
Expte. Nº 334/99
VISTO estas actuaciones referidas al Contrato de Pasantía, firmado con la Srta. Mariana SACHETTA, para desempeñar funciones en la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA; y
CONSIDERANDO :
QUE con fecha 5 de abril del corriente año se ha firmado el citado Contrato, con vigencia a partir del 1º de abril y por el término de seis (6) meses
.
Por ello :
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE PASANTIA firmado con la Srta. Mariana SACHETTA, el que textualmente se transcribe a continuación :
“CONTRATO DE PASANTIA
Entre la Universidad Nacional de Salta, representada por su Rector Dr. Juan Carlos GOTTIFREDI, el Sr. Secretario de cooperación Técnica Ing. Héctor José SOLA ALSINA y la Srta. Mariana SACHETTA, alumna de la Facultad de ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, de la carrera de Contador Público Nacional, L.U.Nº 501.358 y documento Nº 24.697.337, suscriben el presente CONTRATO DE PASANTIAS, según las cláusulas que a continuación se expresan :
A) La presente pasantía responde a la nota de pedido de fecha 22 de marzo de 1999.
La pasantía se llevará a cabo en la Secretaría de Cooperación Técnica.
El plazo durante el cual se desarrollarán las tareas será de seis (6) meses contados a partir del 1 de Abril de 1999.
El horario durante el cual se desarrollarán las tareas será de 8 :30 a 12 :30 horas.
La pasante recibirá en concepto de asignación estímulo la suma de pesos :Trescientos ($ 300.-)
Plan de trabajo para el desarrollo de la pasantía :
Descripción de los trabajos a desarrollar :
Colaboración en las tareas administrativas y contables de la Secretaría de cooperación Técnica, en la compaginación y difusión del material de Oferta Tecnológica, apoyar las tareas de organización del Curso de Gestores Tecnológicos y facilitar información impositiva a los docentes e investigadores que ejecutan proyectos de cooperación técnica.
G) El pasante conoce y acepta las disposiciones establecidas por los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional 340/92 y 93/95.
H)El pasante se compromete a cumplir todas las obligaciones que surgen de la normativa mencionada con toda la diligencia técnica y ética que sus labores requieran y para las que fue seleccionada, asimismo en caso de resolver el abandono de la pasantía, deberá dar aviso a la Universidad, con un mínimo de treinta días de anticipación.
I) La pasante se obliga a considerar confidencial toda la información que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con todas las actividades a las que tenga acceso.La pasante conoce y acepta que en caso de incumplimiento total, parcial odefectuoso de las obligaciones cuyo cumplimiento es inherente Al sistema de pasantías será sancionada conforme lo establece el Estatuto de la Universidad Nacional de Salta y las normas particulares de las Unidades Académicas.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los cinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.”
ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las respectivas partidas del presupuesto de la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA de esta UNIVERSIDAD por el corriente ejercicio.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Dirección General de Administración, Tesorería General y Srta. Sachetta. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
FIRMADO FIRMADO
Cr. Héctor Alfredo FLORES Dr. Juan Carlos GOTTIFREDI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCION R- Nº 117-99