SALTA, 17 de febrero de 1999
Expte. Nº 057/99
VISTO estas actuaciones relacionadas con la Resolución del Poder Judicial de la Nación en los autos caratulados “UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA C/ ESTADO NACIONAL s/ Ordinario- Medida cautelar de no Innovar” ; y
CONSIDERANDO :
QUE mediante la misma se hace lugar a la medida cautelar solicitada y en consecuencia se ordena al Poder Ejecutivo Nacional que se abstenga de exigir a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA el pago de las Contribuciones Patronales.
Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Disponer que los fondos previstos para los APORTES PATRONALES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, permanezcan en reserva en TESORERIA GENERAL, hasta nueva disposición emanada del Poder Judicial o de las Autoridades Superiores de esta UNIVERSIDAD.
ARTICULO 2º.- Dejar establecido que la SECRETARIA ADMINISTRATIVA podrá disponer que los fondos sean depositados en una cuenta especial o Caja de Ahorro en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, debiéndose preservar la totalidad de los fondos.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Administración, de Personal, Dirección de Contabilidad, de Presupuesto y Tesorería General. Cumplido siga a SECRETARIA ADMINISTRATIVA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCION R-Nº 037-99