SALTA,8 de julio de 1998
Expte. Nº 318/98
VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 381-98, del 18 de junio de 1998; y
CONSIDERANDO:
QUE por la mencionada resolución se aprueba el Dictamen Nº 4600, emitido por ASESORIA JURIDICA de esta Universidad, y por lo tanto, se modifica la resolución rectoral Nº 322-98 en lo referente a que se Suspende el trámite de concurso, correspondiente a la fecha de examen, con el objeto de obtener dictamen de la citada dependencia, a fin de evitar posteriores impugnaciones.
QUE el Sr. Eduardo Mario ROBINO, a Fs. 45, presenta excusación como miembro titular del Jurado que entenderá en el concurso en cuestión.
QUE ASESORIA JURIDICA se expide al respecto, mediante Dictamen Nº 4623, el que textualmente se transcribe a continuación:
"VISTO:
El Sr. César Miguel Iñigo, postulante al concurso Categoría 8 para el cargo de Liquidadores de la Dirección General de Personal, interpone Recurso de Reconsideración a la Res. Nº 374/98 por la cual se rechaza la impugnación deducida y resuelta en la misma.-
Insiste sobre los mismos puntos de impugnación que oportunamente dedujera en su escrito del 1º/6/98 (fs.17) y agrega la recusación a uno de los miembros del Jurado, Sr. Eduardo Mario Robino, al considerar que es parte interesada en el expediente.-
Las impugnaciones en contra de la Sra. Montaldi y el Sr. Peralta fueron suficientemente analizadas en la Res. Nº 374/98 por lo que no merecen otra argumentación y se reitera lo expuesto en Dictamen Nº 4597.-
El Sr. Robino, en nota del 1º/7/98 (fs.45), se excusa de intervenir en el Jurado.-
Por tanto se aconseja rechazar el Recurso de Reconsideración deducido y aceptar la excusación formulada por el miembro del Jurado Sr. Robino."
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
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Expte. Nº 318/98
ARTICULO 1º.- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. César Miguel IÑIGO, en contra de la resolución rectoral Nº 374-98, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Notifíquese al Sr. IÑIGO que conforme al artículo 40 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, puede interponer en contra de la resolución rectoral recurso Jerárquico, en el plazo de quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTICULO 3º.- Reemplazar al Sr. Eduardo Mario ROBINO por el Sr. Juan Carlos FARFAN, como miembro titular del Jurado que entenderá en el concurso en cuestión.
ARTICULO 4º.- Dejar establecido el día 27 de julio del corriente año a horas 10:00, como nueva fecha para el examen del Concurso Interno de antecedentes y oposición para cubrir tres (3) cargos de LIQUIDADORES DE HABERES, categoría 8, agrupamiento administrativo, con dependencia jerárquica de la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL.
ARTICULO 5º.- Hágase saber y comuníquese. Cumplido siga a ASESORIA JURIDICA par su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG/in
Firmado Firmado
CR. JORGE RAUL GUEMES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCION R-Nº 425-98