SALTA, 26 de junio de 1998
Expte. Nº 17.035/98
VISTO estas actuaciones mediante las cuales el alumno Luis Claudio FERREIRA, de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES solicita la eximición del pago del arancel por diploma y título analítico correspondiente a GEOLOGO; y
CONSIDERANDO:
QUE fundamenta su pedido en la imposibilidad de abonar dichos aranceles dada su inestabilidad laboral.
QUE la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO y de acuerdo al informe del Servicio Social deduce que el citado alumno se encuentra en condiciones de absorber el gasto, por lo que sugiere no hacer lugar a la eximición solicitada.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- No hacer lugar a la eximición solicitada por el Sr. Luis Claudio FERREIRA, L.U.Nº 17.357, alumno de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese. Cumplido siga a la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG/in
Firmado Firmado
CR. JORGE RAUL GUEMES DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR