SALTA, 24 MAR 1992
RESOLUCION CS – Nº 045-92
Expte. Nº 8.260/89
VISTO:
Estas
actuaciones mediante las cuales
CONSIDERANDO:
Que
Que
el artículo 2º de la resolución CS-Nº 134-90 deja establecido que el
plazo para la presentación de dichos certificados, a partir del período
lectivo 1991, vencerá a los cinco (5)días hábiles posteriores a la efectivización
del primer turno de exámenes previos del año calendario;
POR
ELLO y atento a lo aconsejado por
EL CONSEJO SUPERIOR DE
(en sesión ordinaria del 27
de Febrero de 1992)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO
1º.- Disponer que a los efectos de simplificar el tratamiento
de los alumnos provisionales, cada Unidad Académica al recepcionar
las solicitudes de ingreso a la Universidad, habilitará un
registro de estos alumnos, diferente al de los alumnos regulares, y
que recién en el momento de completar toda la documentación exigida se les
asignará número de libreta universitaria pasando a integrar el registro de
alumnos regulares.
ARTÍCULO
2º.- Hágase saber y siga a Secretaría Académica para su toma de razón y
demás efectos.-
JG.
FIRMADO FIRMADO
NÉLIDA FELATTI DE CASTELLI DR. RAFAEL AMRCELO RIVERO
SECRETARÍA GENERAL RECTOR
FIRMADO
LIC.
SONIA ÁLVAREZ DE TROGLIERO
SECRETARIA
ACADÉMICA