VISTO:


Las solicitudes elevadas por alumnos de las carreras de Geología e Ingeniería Agronómica - por las cuales peticionan se les acuerde una prórroga de la validez de los trabajos prácticos de distintas materias correspondientes a su plan de estudios; y


CONSIDERANDO:


Que los alumnos recurrentes cumplen con la aprobación del 50% de las materias de su plan de estudios requeridas, de acuerdo a lo establecido en Res. Nº 887/2000 FCN aprobatoria de pautas para tratamiento de solicitudes de ésta índole;


Que dicha normativa prevé el otorgamiento de prórroga directa por un turno ordinario más de exámenes a los alumnos que se encuentren en dicha situación;


Que ello, complementado por lo dispuesto por Res. FCN-CD-Nº 276/2002, otorga elementos de juicio a la suscrita para indicar que corresponde otorgar la prórroga solicitada, sin más trámite;


Que debe dejarse establecido que, la prórroga es en carácter de excepción y sólo por el turno ordinario de diciembre de 2.003;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- OTORGAR a los alumnos que mas abajo se mencionan, una prórroga hasta el turno ordinario de examen de diciembre de 2.003, de la validez de los trabajos prácticos en la materia que para cada uno de ellos se indica y en razón de lo expresado en el exordio.


Carrera: Geología - plan 1993


DEUS, Ramiro Manuel

400730

Petrología I


GOMEZ MARTINEZ, Emiliano H.

402977

Petrología I


Carrera: Ingeniería Agronómica - plan 1991


GARCIA, José Luis

400807

Hidrología Agrícola


ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga al Dpto. Planeamiento para su toma de razón y demás efectos, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.

nsc








DR. GUILLERMO ANDRES BAUDINO

NG.AGR.STELLA MARIS PEREZ DE BIANCHI

S E C R E T A R I O

D E C A N A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES