R-DNAT-2010-0179
SALTA, 23 de marzo de 2010.
EXPEDIENTE Nº 10.730/2009
VISTO:
La nota presentada por el M. Sc. Ramón Omar Renfige Córdoba – Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación exclusiva regular de la cátedra Matemática de la Escuela de Agronomía; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la cual eleva nota de solicitud y proyecto de convenio a firmar entre la Universidad de Catamarca y ésta Casa de Estudios – para que el recurrente pueda concurrir a dictar clases en aquella institución – en el marco de la Res. 362/94-R
Que a fs. 12, la Secretaría de Cooperación Técnica emite opinión.
Que a fs. 14/15, la Dirección General de Personal informa sobre situación de revista del M. Sc. Renfige Córdoba, advirtiendo lo establecido en Art. 6º inciso b) de la Res. 420/99-CS (Régimen de Incompatibilidad).
Que a fs. 17/18, Asesoría Jurídica sobre la base de la información aportada dictamina: “En virtud de lo expuesto, no existen objeciones que formular al Convenio debiendo girarse las actuaciones al Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales a fin de que otorgue al Prof. Renfige la correspondiente autorización prevista en el Art. 6º inciso b) de la Res. 420/99-CS.”
Que a fs. 21, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior emite dictamen favorable.
Que a fs. 22, Secretaría de Cooperación Técnica informa que previo a la firma del convenio solicita a esta Facultad la autorización prevista en el Art. 6º inciso b) de la Res 420/99-CS por parte del Consejo Directivo.
Que a fs. 24 vlta, a requerimiento de este Decanato, las profesoras responsables de la cátedra Matemática toman conocimiento e informan sobre la distribución del dictado de clases de los trabajos prácticos y, que en relación a los exámenes finales y otras actividades requeridas por la cátedra el profesor deberá ajustarse a lo establecido en el cláusula 4 del convenio.
Que a fs. 25, la Comisión de Docencia y Disciplina emite su despacho en los siguientes términos: “VISTO: la propuesta de convenio entre la Facultad de Ciencias Agrarias de la UNCA y la UNSa, fs. 1 a 4. CONSIDERANDO: Que obra dictamen de Asesoría Jurídica quien informa que no existen objeciones al Convenio y que recomienda se autorice al Prof. Renfige Omar en acuerdo al artículo 6 inciso b de Res CS Nº 420/99 a desempeñarse en la UNCA en un cargo de PAD Simple en fs. 17 y 18.
Que las profesoras de las cátedras emiten opinión favorable a fs. 24 (vta.) indicando las comisiones con días y horarios de las que se hará cargo el mencionado docente lo que configura una solución acordada y razonable.
Que las profesoras de la cátedra afirman que la propuesta mencionada cuenta con el visto bueno del Prof. Omar Renfige.
Esta Comisión: Aconseja autorizar al Prof. Omar Renfige con carácter excepcional a desempeñarse como PAD Simple en la UNCA en simultáneo con el cargo de JTP Exclusiva en la UNSA.”
Que con el despacho de la comisión de docencia y disciplina se suscribe la presente resolución ad referéndum del Consejo Directivo.
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(Ad referéndum del Consejo Directivo)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Autorizar en carácter excepcional al M. Sc. Omar RENFIGE CORDOBA – DNI Nº 13.850.977- a desempeñarse como Profesor Adjunto con dedicación simple en la Universidad Nacional de Catamarca, a partir de la suscripción del Convenio entre aquella institución y esta Casa de Estudios, por las razones expresadas precedentemente
ARTICULO 2º.- Informar al M. Sc. Omar RENFIGE CORDOBA – que podrá reintegrarse a sus funciones docentes en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación exclusiva de la cátedra Matemática de la Escuela de Agronomía de esta Facultad, a partir de la suscripción del citado convenio.
ARTICULO 3º.- Girar las presentes actuaciones a la Secretaría de Cooperación Técnica para prosecución de trámite de la firma del Convenio citado en Art. 1º de la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- Solicitar al M.Sc. Omar Renfige Córdoba que cuando se efectivice la firma del convenio, deberá actualizar la declaración jurada de cargos y actividades por corresponder.
ARTICULO 5º.- .- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesado, cátedra, Escuela de Agronomía, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Dirección de Alumnos, Dirección General de Personal, Consejo Directivo y Secretaría de Cooperación Técnica para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.-
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |