R-DNAT- 2009 – 1551
SALTA, 23 de diciembre de 2009
EXPEDIENTE Nº 10.207/2009
CUERPO VII
VISTO:
La solicitud de fs. 1575, elevada por el alumno CALA, DANIEL ALEJANDRO – L.U.Nº 409.859 - de la carrera de Ingeniería Agronómica plan 2003 - mediante la cual peticiona autorización para cursar asignaturas fuera del régimen de correlatividad en el segundo cuatrimestre del presente período lectivo 2009; y
Que el alumno peticionante se encuentra inhabilitado curricularmente, para acceder los beneficios de la autorización directa, para cursado de asignaturas fuera del régimen de correlatividad, previsto en la Resolución FCN-CD Nº 301/2002 (aprobatoria de las pautas para tratamiento de casos de ésta índole);
Que mediante Resolución R-CDNAT-2008-395, el Consejo Directivo – delega en Decanato de la Facultad todo trámite de situaciones estudiantiles, relacionados con el cursado y aprobación de asignaturas que estén con dictamen unánime de la Comisión de Docencia y Disciplina, para que se emita la correspondiente resolución;
Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs. 1579, aconseja hacer lugar al pedido de cursado de la materia Diseño Experimental y No hacer lugar al pedido de cursado de las materias Botánica Sistemática Agrícola y Química Biológica;
Que en virtud de lo expresado, corresponde emitir la presente de acuerdo a los términos indicados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CONSIDÉRESE AUTORIZADO a cursar en el segundo cuatrimestre del período lectivo 2009, fuera del régimen de correlatividad al alumno CALA, DANIEL ALEJANDRO – L.U.Nº 409.859 - de la carrera de Ingeniería Agronómica – plan 2003 - en la materia DISEÑO EXPERIMENTAL, en razón de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- INDICAR al alumno CALA, DANIEL ALEJANDRO – L.U.Nº 409.859 – de la carrera Ingeniería Agronómica – plan 2003 – que - no se hace lugar al pedido de cursado fuera del régimen de correlatividad de las materias BOTANICA SISTEMATICA AGRICOLA y QUIMICA BIOLOGICA, de acuerdo a dictamen de fs. 1579.
ARTICULO 3º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico, para su toma de razón y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.
nsc.-
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |