R-D-NAT – 2009 Nº 947

Salta, 7 de setiembre de 2009

EXPEDIENTE N° 10.469/2009



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el dictado del Curso de Posgrado, titulado: “INTRODUCCIÓN A LOS SENSORES REMOTOS: APLICACIONES EN CIENCIAS NATURALES”, organizado en el marco de los cursos programados para el Doctorado en Ciencias Geológicas; y


CONSIDERANDO:

Que el dictado de este Curso estará a cargo del Dr. Daniel José PÉREZ, Docente del Área Geodinámica Interna, Departamento de Ciencias Geológicas, Universidad de Buenos Aires, según presentación que obra a 6-35 de estos actuados;

Que el presente Curso es de Posgrado, de acuerdo a la fundamentación, objetivos y contenidos, los que figuran a fs. 1-3; tiene una carga horaria de 40 (cuarenta) horas de clases teórico-prácticas. Modalidad presencial. Con evaluación final. Todo ello se encuadra en las disposiciones establecidas en Resolución CS Nº 640/08;

Que la fecha de dictado del mismo se fija entre los días 05 al 09 de octubre de 2009. El cupo es de 25 participantes, de acuerdo a la disponibilidad de computadoras.

Que este curso está dirigido a los doctorandos del Doctorado en Ciencias Geológicas, graduados y alumnos avanzados de Geología, Biología, Agronomía, Antropología, Arrqueología, ingenieros Forestales, Hidrología y disciplinas contenidas dentro de las Ciencias Naturales y Físicas;

Que se fijan los siguientes aranceles:

Alumnos de Posgrado de la UNSa.: $ 100 (Pesos cien).

Docentes de la UNSa: $ 250 (Pesos doscientos cincuenta)

Profesionales de Entes Gubernamentales: $ 350 (Pesos trescientos cincuenta)

Otros profesionales: $ 600 (pesos seiscientos)

Que a fs. 4 la Comisión Académica del Doctorado en Ciencias Geológicas, aconseja aprobar la propuesta del curso de posgrado presentado y demás aspectos particulares del mismo

Que a fs. 36 obra Dictamen de la Comisión de Docencia y Disciplina, aconsejando aprobar el dictado de este curso de posgrado y demás aspectos particulares del mismo;

Que a fs. 37 obra Despacho Nº 838/09 de Consejo y Comisiones, que informa que por expresa disposición de Vice Decanato se emita la presente “Ad Referendum” del Consejo Directivo en virtud de la urgencia que reviste dar continuidad a la tramitación;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(Ad Referendum del Consejo Directivo)

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el Dictado del Curso de Posgrado Nº 10-09, titulado: “INTRODUCCIÓN A LOS SENSORES REMOTOS: APLICACIONES EN CIENCIAS NATURALES”, organizado en el marco de los cursos programados para el Doctorado en Ciencias Geológicas, el que se llevará a cabo entre los días 5 al 9 de octubre de 2009.-


ARTICULO 2º.- APROBAR el programa, contenidos y demás aspectos particulares de este Curso, que obran en fs. 1 a 3.-


ARTICULO 3º.- INDICAR que este curso tiene una carga horaria de tiene una carga horaria de 40 (cuarenta) horas de clases teórico-prácticas. Modalidad presencial. Con evaluación final. Todo ello se encuadra en las disposiciones establecidas en Resolución CS Nº 640/08.-

Está dirigido a los doctorandos del Doctorado en Ciencias Geológicas, graduados y alumnos avanzados de Geología, Biología, Agronomía, Antropología, Arrqueología, ingenieros Forestales, Hidrología y disciplinas contenidas dentro de las Ciencias Naturales y Físicas;


ARTICULO 4º.- FIJAR el arancel de inscripción a este Curso de la siguiente forma:

Alumnos de Posgrado de la UNSa.: $ 100 (Pesos cien).

Docentes de la UNSa: $ 250 (Pesos doscientos cincuenta)

Profesionales de Entes Gubernamentales: $ 350 (Pesos trescientos cincuenta)

Otros profesionales: $ 600 (pesos seiscientos)

El pago del arancel debe realizarse en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales, Universidad Nacional de Salta.

Cupo: 25 (veinticinco) participantes.


ARTICULO 5°.- ESTABLECER que en caso de registrarse un excedente financiero operativo (por sobre el presupuesto presentado a fs. 3), el 5% de este excedente se imputará a la Cuenta “Ingresos No Tributarios - Derechos” de la Facultad de Ciencias Naturales, mientras que el 95 % restante quedará a disposición de la Facultad de Ciencias Naturales, hasta que la Comisión de Hacienda y Presupuesto decida al respecto. La retención deberá realizarse de acuerdo al Artículo 2° de la Resolución CS N°122/03.


ARTICULO 6º.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a la Escuela de Posgrado, Dirección General Administrativa Económica, Tesorería General de la Universidad. ELEVESE al Consejo Directivo solicitando su convalidación y siga a la Dirección Administrativa de la Escuela de Posgrado, para que a través del Profesor Director del Curso, una vez concluido el dictado del mismo, informe la nómina de participantes y los resultados obtenidos.


ARTICULO 7°.- Publíquese en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.

mer.





LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


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