R-DNAT-2008-0996
SALTA,
28 de Octubre de 2008.
EXPEDIENTE
Nº 10.369/2008
VISTO:
La nota presentada por la Ing.
Marcela Josefina Muñoz - mediante la
cual solicita se gestione ante el Consejo Directivo la autorización
correspondiente para que la Ing. Silvia Patricia Ortín Vujovich – realice
tareas rentadas en carácter de excepción – en el proyecto “Desarrollo Turístico
Integral del Municipio de Animaná”; y
CONSIDERANDO:
Que su pedido se fundamenta en lo reglamentado por el Régimen de
Incompatibilidad –Res. 420/99-CS – Anexo I, Art. 6º, inc. b), que establece: “El
personal docente universitario con dedicación exclusiva podrá realizar tareas
rentadas en carácter de excepción, solo cuando esto surja como consecuencia de
convenios realizados por la Universidad con terceros, debiendo ser autorizado
expresamente por el Consejo Directivo de la respectiva Facultad. La dedicación
horaria semanal total no podrá superar las 50 horas.”
Que este Decanato ha efectuado la consulta a Asesoría Jurídica sobre la
pertinencia del pedido, cuyos dictámenes que obran a fs. 9 y 9 vlta, 20 y 20
vlta.
Que a fs. 21, la Ing. Marcela Muñoz – eleva detalle cronograma de
actividades que desarrollo la Ing. Silvia P. Ortín V. – en el marco del
proyecto “Desarrollo Turístico Integral del Municipio de Animaná”
Que finalmente a fs. 43 y 43 vlta., Asesoría Jurídica analizó nuevamente
el pedido de autorización a favor de la Ing. Ortín y dictaminó lo a letra dice:
“Sra. Rectora: I.- Las actuaciones arriba referenciadas son remitidas a
este Servicio Jurídico, mediante pase de fs. 42, adjutándose desde fs. 21 a 41
información a los fines de que este Servicio Jurídico pueda emitir opinión
respecto de la solicitud de autorización de fs. 7 (nota del 20/5/08) formulada
por la Ing. Marcela Muñoz.” “II.- La Ing. Muñoz informa expresamente (fs. 21 y
vta.), en fecha 31/7/08, la cantidad de horas semanales que – durante los meses
de abril, mayo, junio y agosto del corriente año- requieren las tareas por las
que se solicita excepción al régimen de incompatibilidad respecto de la Ing.
Patricia Ortín.
Considerando
que la Ing. Ortín revista una dedicación exclusiva,
con una exigencia de cuarenta (40) horas semanales de labor académica (art. 3
inciso “a” - Res. CS 420/99 y modificatorias) y que puede acumular únicamente
un cargo adicional de dedicación simple,
que tiene una exigencia de diez (10) horas semanales de labor académica (art. 6
inciso “a” y art. 3 inciso “c” de la citada resolución); teniendo en cuenta que
la carga horaria informada a fs. 21 y vta. no excede la cantidad máxima
acumulable permitida de cincuenta (50) horas por el art. 6 inciso b de la Res.
C.S. 420/99, este órgano asesor no tiene objeción que formular por lo que
estima que el Consejo Directivo puede dar tratamiento y resolución a la
solicitud de autorización de la excepción a dicho régimen.
No
obstante lo dicho, se advierte que la autorización requerida se refiere a
actividades que aparentemente ya se cumplieron por cuanto, el pedido de fs. 7
es de fecha 20/05/08 y en fecha 31/7/08 se informó la carga horaria respecto de
tareas correspondientes a los meses de abril/08, mayo/08, junio/08 y agosto/08
en curso, por lo que deberá el Consejo Directivo tener presente ello al momento
de su tratamiento, ya que, en tal caso, el acto a considerar es de aprobación (ex
post facto) y no de autorización.
Que
a fs. 45, la Comisión de Docencia y Disciplina produjo su dictamen que dice: “Visto:
lo dictaminado por Asesoría Jurídica de la UNSa., a fs. 43 y 43 vlta.
considerando que la carga horaria informada a fs. 21 y 21 vuelta no excede las
cincuenta horas permitidas por el artículo 6 inciso b) de la Res. CS 420/99.
Esta comisión aconseja: Autorizar a la Ing. Patricia Ortín a realizar las
actividades detalladas a fs. 21 y 21 vuelta comprendidas en el marco del
Convenio entre el Municipio de Animaná y esta Universidad.”
Que a fs. 47, la Ing. Marcela Muñoz eleva nueva presentación – mediante
solicita una prórroga de la exención a favor de la Ing. Silvia Patricia Ortin –
a correr desde el 01 de agosto de 2008 y hasta el 31 de octubre ambos inclusive
– para que continúe trabajando en el proyecto “Desarrollo Turístico Integral
del Municipio de Animaná”.
Que en virtud de lo expresado precedentemente este Decanato resuelve la
suscripción de la presente ad referéndum del Consejo Directivo.
POR
ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL
DECANO DE
(Ad
referéndum del Consejo Directivo)
R
E S U E L V E:
ARTICULO
1º.- Tener por autorizada la exención al Artículo 6º Inciso b) a
ARTICULO
2º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesada, Cátedra,
Escuela de Agronomía, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Obra
Social, Dirección General de Personal y elévese al Consejo Directivo para su convalidación.
Publíquese en el Boletín Oficial de
Lic.
Dora Ana Davies Secretaria Facultad
de Ciencias Naturales |
Dr.
Guillermo Andrés Baudino Decano Facultad
de Ciencias Naturales |