R-DNAT-2008-814
SALTA, 22 de septiembre de 2008.
EXPEDIENTE Nº 10.380/2008
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que
resulta necesario salvar un error material producido en el Artículo 1º de la
citada Resolución – en el contexto de lo previsto en el Reglamento de
Procedimientos Administrativos – Decreto 1759/72, establece “En cualquier momento podrán
rectificarse los errores materiales o de hecho o los aritméticos, siempre que
la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.”
POR ELLO y en uso de las atribuciones que
le son propias,
EL DECANO DE
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º
de
“Artículo 1º.- Aprobar el dictamen emitido por
ARTICULO
2º.- Hágase saber a
quien corresponda, remítase copias a:
interesada, cátedra, Escuela de Recursos
Naturales, Direcciones Administrativas Académica y Económica, Obra Social y
siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.
Publíquese en el Boletín Oficial de
Lic.
Dora Ana Davies Secretaria Facultad
de Ciencias Naturales |
Dr.
Guillermo Andrés Baudino Decano Facultad
de Ciencias Naturales |