R-DNAT-2008-802


SALTA,17 de septiembre de 2008


EXPEDIENTE Nº10.042/2008


VISTO:


La Resolución R-CDNAT-2008-158 de fecha 15 de abril de 2008, relacionada con la concesión de la licencia académica a favor del alumno REINAGA, CRISTIAN MATIAS - L.U.Nº 406.648 - de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente – plan 1997; y


CONSIDERANDO:


Que a fs.87 y 88, obra informe de Dpto. Planeamiento Pedagógico, indicando que el Reglamento de Alumnos (Res.CS 489-84) no contempla en su texto la figura de licencia académica;


Que debe dejarse en claro bajo que marco normativo se establece, a fin de no incurrir en una situación conflictiva en el futuro, por ejemplo una auditoria;


Que asimismo, solicita que la situación de Licencia académica sea contemplada como suspensión de condición de alumno regular, en acorde a la normativa vigente;


Que tomando como referencia lo dispuesto, el alumno no podrá hacer uso de los siguientes turnos ordinarios: febrero-marzo 2008, julio-agosto 2008, diciembre 2008 y febrero-marzo de 2009, por lo que el vencimiento de la regularidad de las asignaturas será como se indica más abajo;

Que la Comisión de Docencia y Disciplina a fs.89, aconseja rectificar la Resolución R-CDNAT-2008-158 en su Art. 1º, reemplazando la frase “Licencia Académica”, por “Suspensión en su condición de Alumno regular”, por ser esta última, la figura que contempla el Reglamento de Alumnos y por expresa disposición del Sr. Decano, atento a la urgencia que reviste la continuidad del trámite, dispuso la emisión de la resolución pertinente “Ad-Referéndum” del Consejo Directivo;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

Ad-Referéndum” del Consejo Directivo


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- DEJAR debidamente establecido que en el texto del artículo 1º de la Resolución R-CDNAT-2008-158 en donde dice: licencia académica, debe decir: Suspensión en su condición de alumno regular, por ser la figura que contempla el Reglamento de Alumnos.




ARTICULO 2º.- OTORGAR a favor del alumno REINAGA, CRISTIAN MATIAS - L.U.Nº 406.648 - de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente – plan 1997 – una prórroga del vencimiento de la validez de los trabajos prácticos de las asignaturas que, el alumno cuenta como regulares, los que operarán de acuerdo al siguiente detalle y en razón de lo expresado en el exordio.


PLANTAS VASCULARES 31/03/2010

CLIMATOLOGIA 31/03/2010

Turno Diciembre 2008 más 4 (cuatro) turnos ordinarios

GEOMORFOLOGIA 31/08/2010

SENSORES REMOTOS I 31/08/2010

Turno Febrero-marzo 2009 más 4 (cuatro) turnos ordinarios


ARTICULO 3º.- HAGASE saber a quien corresponda, dése copia a Dpto. Planeamiento Pedagógico para su toma de razón y demás efectos y elévese al Consejo Directivo para su convalidación, publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional de Salta.

nsc



LIC. DORA ANA DAVIES

S E C R E T A R I A

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES