R-DNAT-2007-598
Salta, 31 de julio de 2007.-
EXPEDIENTE N° 10.417/07
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de admisión a la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Biológicas, interpuesta por el Lic. Rubén Oscar CIMINO; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Docencia y Disciplina obran dos evaluaciones externas de los Doctores Daniel Sánchez y Alejandro Schijman, quienes aconsejan se apruebe el proyecto, este último evaluador, sugiere algunas modificaciones y, de acuerdo a lo informado por la Dirección Administrativa de la Escuela de Posgrado, el Sr. Director de la Carrera del Doctorado en Ciencias Biológicas sugiere se apruebe la inscripción con las modificaciones propuestas sujeta, esta inscripción, a la aprobación de la misma por la Comisión Académica del Doctorado en Ciencias Biológicas;
Que el mencionado Dictamen de la Comisión de Docencia y Disciplina aconseja aprobar la inscripción del Lic. Rubén Oscar CIMINO, en el Doctorado en Ciencias Biológicas sujeta a la aprobación de la Comisión Académica del Doctorado en Ciencias Biológicas y a la aceptación escrita, por parte del postulante, Director y Co-Director, de las modificaciones sugeridas por uno de los evaluadores externos;
Que a fs. vuelta al Dictamen de la Comisión de Docencia obra por escrito la aceptación, por parte del postulante y de su Director, a las modificaciones sugeridas por el Dr. Schijman;
Que en virtud de lo expresado corresponde suscribir ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias y lo dispuesto por Resolución R-CDNAT-2003-N° 0378, Capítulo II, Artículo 7°- Inciso 28;
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Dejar debidamente establecido que la Facultad de Ciencias Naturales cuenta con el suficiente respaldo académico para entender en la Tesis Doctoral del Lic. Rubén Oscar CIMINO.
ARTICULO 2º.- AUTORIZAR la inscripción en la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Biológicas del Lic. Rubén Oscar CIMINO – D.N.I.Nº 23.941.303 – por cuanto posee título habilitante para ingresar en la misma. Esta inscripción queda sujeta al informe de aprobación de la misma por parte de la Comisión Académica del Doctorado en Ciencias Biológicas, según la reglamentación vigente y las razones mencionadas en el exordio.
ARTICULO 3º.- APROBAR el tema de Tesis y el plan de trabajo que como Tesis Doctoral habrá de desarrollar el Lic. Rubén Oscar CIMINO, titulado: “DISTRIBUCIÓN ESPACIAL DE LOS LINAJES DE Tripanosoma cruzi EN EL NORTE ARGENTINO A TRAVÉS DE ESTUDIOS SEROLÓGICOS Y DESDE UNA PERSPECTIVA MULTICÉNTRICA”
ARTICULO 4º.- PRESTAR CONFORMIDAD para que el Dr. Julio Rubén NASSER (UNSa) y el Dr. Patricio DIOSQUE (CONICET) actúen como Director y Co-Director, respectivamente, de esta
Tesis Doctoral, quienes reúnen los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.
ARTICULO 5°.- Dejar debidamente establecido que se han recibido los comentarios realizados por los evaluadores convocados y se darán cumplimiento a las sugerencias de los mismos.-
ARTICULO 6º.- Dejar debidamente establecido que previo a la presentación del trabajo final de Tesis Doctoral, y en los plazos fijados en la reglamentación vigente, el Doctorando deberá tener la acreditación de los cursos realizados y la prueba de traducción del idioma Inglés debidamente cumplida.
ARTICULO 7°.- LA MATRÍCULA ANUAL en esta Carrera de Posgrado tiene un costo de Pesos Cien, ($100), el que deberá ser abonado en forma completa en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales al momento de la inscripción.-
ARTICULO 8º.- Dejar debidamente establecido que el valor de la matrícula no incluye el pago de arancel de los cursos que deba realizar el Doctorando.-
ARTICULO 9º.- Dejar debidamente establecido que la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Biológicas está acreditada y Categorizada “C” según Res. N726/06 de CONEAU.-
ARTICULO 10º.-De la suma que se recaude el 95% será entregado al Dr. José A. CORRONCA, Director del Doctorado en Ciencias Biológicas, para atender los gastos organizativos y emergentes de la implementación de los diferentes cursos que prevé la Carrera mencionada, con cargo de rendición de cuentas, mientras que el 5% será imputado a la Cuenta “Ingresos No Tributarios” de la Facultad de Ciencias Naturales de acuerdo a la reglamentación vigente.-
ARTICULO 11º.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a la Dirección Administrativa de la Escuela de Posgrado, Dirección Administrativa Económica, Tesorería General de la UNSa y siga a la Escuela de Posgrado para su toma de razón y demás efectos.-
ARTICULO 12º.- PUBLIQUESE en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.
mer.
LIC. DORA ANA DAVIES S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRÉS BAUDINO D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |