R-DNAT-2006-534
SALTA, 30 de junio de 2006.-
EXPEDIENTE Nº10.431/2006
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con el pedido de fs. 2, elevado por el Ing. Agr. Carlos BOLDRINI, director del trabajo de Seminario de Integración del alumno ROMERA, Antonio David - L.U. Nº 403.165 - de la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 1.991 - por la cual solicita la integración del tribunal que evaluará y calificará dicho trabajo; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 5, obra informe de Dpto. Planeamiento dando cuenta que el citado alumno se encuentra en condiciones curriculares para la realización de tal instancia;
Que, en el marco reglamentario dado por la Res. R-CDNAT-2003-234, aprobatoria del reglamento para la realización del Seminario de Integración, el Director propuesto eleva para consideración del Consejo de Escuela de Agronomía la nómina de cuatro docentes y/o investigadores que constituirán el Tribunal examinador del Seminario;
Que a fs. 5 vta., obra el informe del Consejo de Escuela de Agronomía, mediante el cual aconseja la integración del tribunal que entenderá en la evaluación, Director y título del trabajo de Seminario de Integración del alumno;
Que en virtud de lo expresado, corresponde la emisión de la presente de acuerdo a los términos estipulados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- DESIGNAR el tribunal examinador que entenderá en la evaluación y calificación del trabajo de Seminario de Integración, que desarrollará el alumno ROMERA, Antonio David - L.U. Nº 403.165 - de la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 1991 - titulado: "PERDIDAS DE COSECHA EN EL CULTIVO DE SOJA (GLYCINE MAX)" con los siguientes docentes:
TITULARES: Lic. Guillermo ARELLANO
Ing. Horacio TEJERINA
Ing. Miriam OCHOA
SUPLENTE: Ing. Mario QUINTANA
Ing. Lelia LOZANO
ARTICULO 2º.- PRESTAR conformidad para que actúe en carácter de Director del Seminario de Integración el Ing. Agr. Carlos BOLDRINI, docente de la cátedra de Cultivos Industriales de la Escuela de Agronomía.
ARTICULO 3º.- HAGASE saber a quien corresponda, dése copia a los integrantes del tribunal, Director, alumno, Dpto. Alumnos para su toma de razón y demás efectos y vuelva a la Escuela de Agronomía para la prosecución del trámite (Art. 4º del reglamento) , publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.
nsc
ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA S E C R E T A R I A FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. GUILLERMO ANDRES BAUDINO V I C E D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |