R-DNAT-2005-1107
Salta, 6 de octubre de 2005.-
EXPEDIENTE N° 10.642/2005
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de admisión a la Carrera de Doctorado en Ciencias Geológicas elevada por la Geól. Natalia HAUSER ; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 53 obra Dictamen de la Comisión Asesora del Doctorado en Ciencias Geológicas, que aconseja: 1) Admitir a la postulante Geól. Natalia HAUSER, como inscripta en la carrera del Doctorado en Ciencias Geológicas. 2) Aprobar el tema propuesto presentado por la Geól. Natalia HAUSER , titulado: “ESTUDIO PETROGRÁFICO, GEOQUÍMICO Y GEOCRONOLÓGICO DE LAS VOLCANITAS AFLORANTES EN EL BASAMENTO (PRECÁMBRICO SUPERIOR – PALEOZOICO INFERIOR) DE CORDILLERA ORIENTAL , NOROESTE ARGENTINO”, como tema de su Tesis Doctoral, y el Plan de Trabajo propuestos. 3) Aceptar al Dr. Ricardo H. OMARINI y a la Dra. Mónica Patricia del Valle ESCAYOLA, para que se desempeñen como Director y Co-Directora de Tesis, respectivamente. 4) Requerir a la postulante optar por el segundo idioma que exige la legislación vigente. 5) Requerir a la postulante que realice los cursos de Posgrado afines a la temática de la Tesis , para cumplir con las horas crédito exigidas por reglamentación vigente;
Que a fs. 55 obra Dictamen de la Comisión de Docencia y Disciplina que aconseja, aprobar el dictamen de la Comisión Asesora (fs. 53), en todos sus términos;
Que a fs. 56 obra Despacho Nº 776-05 de Consejo y Comisiones de fecha 28 de setiembre de 2005;
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias y lo dispuesto por la Resolución R-CDNAT-2003-N° 0378, Capítulo II, Artículo 7°- Inc. 28
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.- Dejar debidamente establecido que la Facultad de Ciencias Naturales cuenta con el suficiente respaldo académico para entender en la Tesis Doctoral de la Geól. Natalia HAUSER.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR la inscripción en la Carrera de Posgrado, Doctorado en Ciencias Geológicas de la Geól. Natalia HAUSER – D.N.I.N° 25.885.942, por cuanto posee título habilitante para ingresar a la misma.-
ARTICULO 3°.- APROBAR el tema de Tesis y plan de trabajo, que como Tesis Doctoral habrá de desarrollar la Geól. Natalia HAUSER, titulado: “ESTUDIO PETROGRÁFICO, GEOQUÍMICO Y GEOCRONOLÓGICO DE LAS VOLCANITAS AFLORANTES EN EL BASAMENTO (PRECÁMBRICO SUPERIOR – PALEOZOICO INFERIOR) DE CORDILLERA ORIENTAL , NOROESTE ARGENTINO”.-
ARTICULO 4°.- Prestar conformidad para que el Dr. Ricardo H. OMARINI y la Dra. Mónica Patricia del Valle ESCAYOLA, se desempeñen como Director y Co-Directora de Tesis, respectivamente.-
ARTICULO 5°.- Dejar debidamente establecido que previo a la presentación del trabajo final de Tesis Doctoral, la Doctorando deberá acreditar los cursos de posgrado e idioma con los certificados pertinentes para ser evaluados por la Comisión Asesora de la Carrera en Ciencias Geológicas, como también el Título de Grado, de acuerdo a las normas vigentes, ya que a fs. 31 obra constancia de título en trámite emitida por la Jefa del Departamento de Control Curricular de la Universidad Nacional de Salta.-
ARTICULO 6°.- La matrícula Anual de esta Carrera tiene un costo de Pesos Trescientos ($300) y deberá ser abonada en forma completa al momento de la inscripción. Posteriormente podrá ser efectivizada en dos cuotas cuyos vencimientos operarán el 30 de abril y el 30 de octubre de cada año. Los pagos deberán realizarse en la Dirección Administrativa Económica de la Facultad de Ciencias Naturales.-
ARTICULO 7°.- Dejar debidamente establecido que el valor de la matrícula no incluye el pago de arancel de los cursos que el Doctorando realice.-
ARTICULO 8°.- De la suma que se recaude, el 95% deberá será entregado a la Directora de la Carrera de Posgrado Doctorado en Ciencias Geológicas, para atender los gastos organizativos y emergentes de la implementación de cursos y otras acciones que prevé la carrera mencionada, con cargo de rendición de cuentas, mientras que el 5% restante será imputado a la Cuenta “Ingresos No Tributarios - Derechos- de la Facultad de Ciencias Naturales.-
ARTICULO 9°.- Dejar debidamente establecido que el Doctorado en Ciencias Geológicas ha sido acreditado y categorizado “A” según Resolución N° 861/99 de la CONEAU.-
ARTICULO 10°.- Hágase saber a quien corresponda, remítanse copias a Escuela de Posgrado, Dirección Administrativa Económica, Tesorería General de la UNSa y siga a la Escuela de Posgrado para su toma de razón y demás efectos.-
ARTICULO 11°.- Publicar en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.-
alq/mer.
ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA SECRETARIA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. JULIO RUBEN NASSER D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |