VISTO:
La Res. R-CDNAT-0287 obrante a fs. 192; y
CONSIDERANDO:
Que se deslizó un error material en el Artículo 1° de la Res. R-CDNAT-0287, por cuanto donde dice “se declara desierto el llamado a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para la cobertura de un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semiexclusiva para la asignatura “Topografía” de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones” correspondía “proponer al Consejo Superior” (Art. 53-Inc. D-Res. 350/87),
Que el Artículo 101 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (DECRETO N° 1759/72), establece: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho o los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión”.
POR ELLO en virtud al mencionado REGLAMENTO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.- Rectificar el error material involuntario producido en el Artículo 1° de la Res. R-CDNAT-0287, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior declarar desierto el Llamado a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para la cobertura de un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semiexclusiva para la asignatura “Topografía” de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones, por las razones expresadas precedentemente.”
ARTICULO 2°.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copia a Dirección Administrativa Académica, Sede Regional Tartagal, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta y elévese al Consejo Superior para su consideración y demás efectos.
ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA SECRETARIA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. JULIO RUBEN NASSER D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |