R-DNAT-2005-0165
Salta, 16 de marzo de 2005.-
Expte. 11.077/2004
VISTO:
El marco normativo por el cual se fijara a partir del período lectivo 1996 los requerimientos básicos para lograr – con carácter de excepción – la condición de aspirante a la Universidad por parte de los mayores de 25 años de edad sin título de estudios secundarios, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley de Educación Superior; y
Que – asimismo – dicho marco normativo estipula las condiciones de admisión pertinente y las particularidades referidas a la misma;
Que, este Decanato – en orden a lo expresado – estima conveniente suscribir ésta en los términos estipulados en su parte dispositiva;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- DEJAR DEBIDAMENTE ESTABLECIDO que la Facultad de Ciencias Naturales – dentro del lapso habilitado para recepcionar las solicitudes de los ingresantes a sus diferentes carreras para el período lectivo 2005 – ha recepcionado las correspondientes a los postulantes que aspiran a ingresar a la Universidad en el corriente período académico 2005 sin contar con el título de estudios secundarios.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER que todos los aspirantes inscriptos bajo esta modalidad asistirán normalmente a clases correspondientes a las materias de 1er. Año y a las jornadas de ambientación que se llevarán a cabo oportunamente.
ARTICULO 3º.- INTEGRAR las Comisiones Evaluadoras por cada una de las Escuelas con los siguientes docentes y que deberán entender en la prueba de aptitudes que señala el Anexo II de la Res. Nº 656/95 del Sr. Rector, relacionada con los aspirantes mayores de 25 años de edad que desean ingresar a la Universidad – sin contar con el título secundario – de acuerdo a la ley mencionada “ut supra”.
Ing. Cristina CAMARDELLI
Ing. Juan Martín TORRES
SUPLENTES: Ing. Ana Isabel MASSIE
Ing. Beatriz V. de VILLEGAS
TITULARES: Lic. Susana MALANCA
Lic. Angel CHAVEZ
Lic. Felipe GALLARDO
SUPLENTES: Lic. Abdón MEDINA
Lic. Rafael ARGAÑARAZ
TITULARES: Lic. Virginia MARTINEZ
Lic. Cristina BONOMO
M.Sc. Liliana MORAÑA
SUPLENTES: M.Sc. Mónica SALUSSO
M.Sc. Gladys MONASTERIO
ARTICULO 4º.- DEJAR debidamente establecido que la respectiva comisión deberá evaluar a todos los aspirantes inscriptos bajo el marco que brinda la resolución mencionada más arriba – en especial lo expresado en su Anexo II y lo recomendado por Secretaría Académica en su nota del 11-II-99.
ARTICULO 5º.- FIJAR el día viernes 18 de marzo de 2004 a hs. 16.00, para que todas las comisiones evaluadoras se constituyan a fin de cumplir con su cometido.
ARTICULO 6º.- HAGASE saber a quien corresponda, dése copia a cada una de las Comisiones Evaluadoras y siga a Dpto. Planeamiento a efectos de su publicación en cartelera de la fecha y hora de la prueba antes indicada, publíquese en el sitio de internet de la Universidad Nacional de Salta.
nsc
ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA SECRETARIA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |
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DR. JULIO RUBEN NASSER D E C A N O FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES |