Universidad Nacional de Salta
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
Buenos Aires 177 – 4400 SALTA
REPUBLICA ARGENTINA
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SALTA, 10 de Noviembre de 2.003
Expediente Nº 8.132/03
VISTO:
La observación telefónica formulada por la Dirección de Personal, respecto a las Res. D. Cs. Ex. Nº 212/03 y 302/03 que corren a fs. 15 y 22 de estos actuados;
CONSIDERANDO:
Que las objeciones realizadas a las mismas son correctas, y corresponde emitir un instrumento legal preciso con tal motivo;
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Dejar sin efecto, en todas sus partes, las Resoluciones 212 y 302/03 por los motivos expresados en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: Aceptar la renuncia a la Asignación Complementaria, que mediante Res. D. Nº 127/03 le fuera acordada a la Sra. Gabriela Echenique de Ten. Renuncia que se tiene por efectiva a partir del 12 de Agosto ppdo.
ARTICULO 3º: Otorgar a partir del 12/08/03 y hasta el 31/10/03 al Sr. Jaramillo, Pablo Nicolás una asignación complementaria remunerativa no bonificable, por el desempeño de sesenta (60) hs. Mensuales efectivas de carga horaria adicional a su horario habitual de trabajo, conforme lo establece la Resolución C.S.Nº: 030/00
ARTICULO 4º: Tener por prorrogada la asignación complementaria remunerativa no bonificable, otorgada por Res. D. Nº: 127/03 a los agentes: Corrillo, Dionicio y Andrada, Federico a partir del 16 de Agosto y hasta el 31/10/03 en las mismas condiciones que las enunciadas en la Resolución antes mencionadas.
ARTICULO 5º: A los efectos de un control eficiente de las tareas a desarrollar, los agentes mencionados dejarán constancia del cumplimiento del horario adicional de trabajo, por el procedimiento de doble registro , la primera en la planilla diaria de uso común de esta Unidad Académica, la segunda de carácter individual con destino a la Dirección General de Personal, a los efectos de la respectiva liquidación de haberes.
ARTICULO 6º: Dejar aclarado, en función de la observación realizada por la Dirección de Personal que la asignación acordada es “... complementaria remunerativa no bonificable ...” y no como se expresa en el Artículo 1º de la Res. D. 127/03.
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ARTICULO 7º: Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, al Inc. 1.1 (Gastos en Personal), con afectación a las economías generadas por esta Dependencia en el corriente ejercicio.