Universidad Nacional de Salta
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
Avda. Bolivia 5150 – 4400 SALTA
REPUBLICA ARGENTINA
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Salta, 12 de mayo de 2.003
Expediente Nº 8161/00 – Cuerpo II
RES.D.Cs.Ex. Nº 111/03
VISTO:
La Res. D. 096/03 mediante la cual se acepta la excusación formulada por el Sr. Decano, Ing. Juan Francisco Ramos, en relación a la Instrucción Sumarial tramitado en estas actuaciones;
CONSIDERANDO:
Que se ha producido dictamen en dichas actuaciones, en el que el Director de Asesoría Letrada, aconseja aplicar la sanción de suspensión de veinte días a la sumariada, por entender que se ha probado la actitud negligente de la agente, aunque no se observa dolo, de acuerdo al análisis precedente que se efectúa de la prueba producida en las actuaciones;
Que si bien el dictamen jurídico deviene obligatorio, previo al dictado de la resolución administrativa pertinente, éste no resulta vinculante, pudiendo en consecuencia, la autoridad jerárquica con competencia para aplicar la sanción, valorar en forma autónoma e independiente, las constancias del sumario, sus pruebas, y sus conclusiones y en consecuencia la pertinencia de su aplicación
Que se ha valorado los antecedentes de la agente, su desempeño laboral por 25 años, y la probada existencia de una enfermedad que ha disminuido su rendimiento laboral;
Que el obrar de la agente no ha sido libre y voluntario en el sentido de que puedan serle imputadas las irregularidades como vicios de su comportamiento, sino como consecuencias de factores externos no queridos por la sumariada, por lo que se estima acorde con las constancias comprobadas en el sumario, aplicar 10 (diez) días de suspensión a la agente, sin perjuicio de que también deba imputársele la falta de rendición de cuentas de la suma $ 3.100 (Pesos Tres Mil Cien), la que deberá ser reintegrada en el plazo de diez (10) días de notificada la presente resolución;
POR ELLO Y en uso de las facultades delegadas por Res. Nº 096/03 y conforme a reglamentaciones vigentes;
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º: Aplicar a la Sra. AMALIA CRISTINA CHIBAN, una sanción consistente en 10 ( diez) días de suspensión por incumplimiento de los deberes determinados en el Art. 27 inc. a) DEL REGIMEN JURÍDICO BASICO DE LA FUNCION PUBLICA.
ARTICULO 2º: INTIMAR A LA AGENTE, a restituir en el término de 10 (diez) días de notificada la presente la suma de $ 3.100, suma que no fuera rendida en tiempo y forma.
ARTICULO 3º : NOTIFIQUESE a la agente Sra. Amalia Cristina Chibán, comuníquese a la Dirección de Personal. Cumplido RESERVESE.-