Salta, 19 de diciembre de 2008

RES. 1071/08 Expte. 6518108

 

VISTO: La nota presentada por el Sr. Hugo Alejandro Yarade, Auxiliar Administrativo de esta Facultad, por medio de la cual solicita el pago correspondiente por diferencia de cargo por el período dispuesto en la Resolución 769108, y;

 

CONSIDERANDO:

 

      Que por Artículo 2° de la Resolución 769/08 de esta Facultad se tiene por afectado al Sr. Hugo Alejandro Yarade a la Dirección Despacho, a partir del 1 de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2008 o hasta el reintegro a sus funciones de la Sra. Ana María Carrales de Yarade, quien se encuentra con licencia por largo tratamiento.

 

      Que el Decreto 366/06 -Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales establece:

 

"Art. 72°. Suplemento por mayor responsabilidad: Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el artículo 17 del presente convenio colectivo de trabajo.

 

Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad. En ningún caso podrá utilizarse este suplemento para disponer pagos diferenciados donde no existan las circunstancias antes anotadas."

 

 

POR ELLO:

 

      En uso de las atribuciones que les son propias,

 

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

JURÍDICAS Y SOCIALES

RESUELVE:

 

 

ARTÍCULO 1°.- Reconocer y autorizar la liquidación y el pago del suplemento por mayor responsabilidad al Sr. HUGO ALEJANDRO YARADE, que consiste en la diferencia de haberes existentes entre su categoría 5 de revista y la categoría 2 correspondiente a las funciones asignadas por Resolución 769/08, a partir del 1 de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2008 o hasta el reintegro a sus funciones de la Sra. Ana María Carrales, lo que suceda primero.

 

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a los interesados, a la Obra Social de la Universidad Nacional de Salta y siga a la Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.

 

 

Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE -SECRETARIA ACADEMICA

 

Cr. VICTOR HUGO CLAROS –DECANO