RES. N° 547108
Salta, 8 de agosto de 2008
Expte. N° 6.481/07.-
V I S T O: La nota presentada a fs. 156, por el Cr. Luis Guillermo OSSOLA, mediante la cual solicita la suspensión del presente concurso, hasta tanto se resuelva la impugnación por él formulada con fecha 10 de junio de 2008, en el Expte. N°6671/07, y
CONSIDERANDO:
El dictamen de Asesoría Jurídica de esta Universidad N° 9922 que expresa: "Analizadas las actuaciones, esta Asesoría considera que los motivos expresados por el postulante Ossola no son suficientes para hacer lugar a la suspensión del concurso, por cuanto se trata de dos procedimientos de selección diferentes e independientes entre sí, aun cuando pudiera eventualmente el jurado estar conformado por las mismas personas, situación que no se da en el caso tal como /o afirma el propio peticionante.
A ello se
agrega que la opinión emitida por un Jurado en un determinado concurso no
constituye prejuicio a cerca del resultado del concurso tal como /o establece
el art. 35 inc.f) de
Lo resuelto por el Consejo Directivo en Reunión Ordinaria N° 09/08 de fecha 11.07.08.
POR ELLO; en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS ECONOMICAS,
JURIDICAS y SOCIALES
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- RECHAZAR, la presentación efectuada por el Cr. Luis Guillermo OSSOLA a fs. 156, mediante la cual solicita la suspensión del concurso de un (1) cargo de Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semi exclusiva para la asignatura CALCULO FINANCIERO de las carreras de Contador Público Nacional, Licenciatura en Administración y Licenciatura en Economía (Planes de estudios 2003),
por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- HAGASE SABER al Cr.Luis Guillermo OSSOLA, al Consejo Superior, y demás interesados para su toma de razón y demás efectos.
Ramos.
Cra. Elizabeth Truninger de Lore
Secretaria Académica
Cr. Victor
Hugo Claros
Decano