RESOLUCION N° 805.07
Expte. N° 6.421/04
Salta, 30 OCT 2007
VISTO:
CONSIDERANDO:
Lo dictaminado por Comisión de Docencia a fs. 164 del presente expediente.
Que se ha omitido que dicha resolución también es válida para la carrera de Licenciado en Economía.
Lo dispuesto
por el Art. 113, inciso 8 de
Lo dispuesto por la Resolución N° 420/00 y 718/02 del Consejo Directivo de esta Unidad Académica, mediante la cual delega al señor Decano la atribución antes mencionada.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL VICEDECANO DE
JURIDICAS y SOCIALES
RESUELVE:
ARTICULO N° 1.- ESTABLECER que
en el VISTO y en el ARTICULO 1° de
ARTICULO N° 2.- HAGASE SABER a la cátedra, al C.E.U.C.E ya los Departamentos de Alumnos e Informática para su toma de razón y demás efectos.
Nv
Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE -SECRETARIA ACADEMICA
Cr. CARLOS GUILLERMO REVILLA- VICE DECANO