Salta, 7 de agosto de 2007
Res. N° 484/07
Expte. N° 6426/07
VISTO: El Decreto N°
366/06, por el cual se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector
No Docente de las Universidades Nacionales, celebrado entre el Consejo
Interuniversitario Nacional -CIN- y la Federación Argentina de Trabajadores de
las Universidades Nacionales - FATUN-, y;
CONSIDERANDO:
Que en ese marco se
llevó a cabo el proceso de reencasillamiento del Personal de Apoyo
Universitario, y esta Universidad trabajó a través de las Comisiones de
Preencasillamiento y de Reencasillamiento, las que han cumplido sus tareas y
cuya propuesta fue elevada a la Comisión Negociadora de Nivel Particular;
Que esta última Comisión resolvió el reencasillamiento definitivo
del Personal de Apoyo Universitario, tomando como base las propuestas de las
Comisiones de Preencasillamiento y de Reencasillamiento;
Que mediante nota S.T.
N° 040702 (fecha 04/07/07) del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) se
remite Acta de la Comisión Negociadora de Nivel General para el Sector No
Docente, por la cual se aprobó el proceso de reencasillamiento presentado por
la Comisión Negociadora de Nivel Particular de esta Universidad, sin que se
formularan observaciones de ninguna índole;
Que por Res. C.s. N°
246/07, el Consejo Superior de esta Universidad homologó el Acta de la Comisión
Paritaria de Nivel General, por lo cual se aprueba el proceso de
reencasillamiento para el Personal de Apoyo Universitario de esta Universidad,
en base a la propuesta formulada por la Comisión Paritaria de Nivel Particular;
Que corresponde en esta
instancia dictar el correspondiente acto administrativo de reencasillamiento
del Personal de Apoyo de esta Universidad, debiéndose dejar establecido en la
parte resolutiva de la presente, lo previsto en el Art. 40° del Decreto
1759/72, reglamentario de la Ley de
Procedimientos Administrativos, en lo concerniente a dar a conocer al agente,
los Recursos que se pueden interponer contra la presente Resolución, el plazo
para articularlo y en su caso, cuando queda agotada la vía administrativa;
POR ELLO:
En uso de atribuciones
que le son propias;
EL DECANO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS ECONÓMICAS,
JURÍDICAS y SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Notificar al Sr. RODRIGUEZ, HÉCTOR SANTOS, Documento
N° 10.494.516, que ha sido reencasillado en la Categoría 4 del Agrupamiento
Técnico de la Facultad de Ciencias Ecomicas, Jurídicas y Sociales, a partir del
1° de Junio de 2.007, de acuerdo al Acta de Paritaria Nivel General de fecha 04/07/07
y homologada por Res. C.S. N° 246/07 de fecha 27 de Julio del corriente año.-
ARTÍCULO 2°.- El agente mencionado en el artículo anterior, podrá
interponer Recurso de Reconsideración en el plazo de 10 (diez) días hábiles a
partir de su notificación, ante la Comisión Negociadora de Nivel Particular, a
través del Decano. Contra lo resuelto por esa Comisión, se podrá interponer
Recurso ante la Comisión Negociadora de Nivel General, dentro del plazo de 10
(diez) días hábiles de haber sido notificado por la misma, quedando en esta
instancia, agotada la vía administrativa.
ARTICULO 3°.- Hágase saber al Sr. RODRIGUEZ, HÉCTOR SANTOS y pase
a la Dirección General dE Personal. Cumplido RESÉRVESE.
FIRMADO:
CR. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO
CRA. ELIZABETH TRUNNIGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA