SALTA, 27 de Diciembre de 2006

 

Res. 1227/06                            Expte. Nº 18.230/05

 

VISTO:

 

Las presentes actuaciones y Resoluciones Nros. 047/06 y 055/06 de esta Facultad.

mediante la cual se aprueba el Legajo de Obra Nº 006/7 - Barandas y Canteros y se llama a Licitación Pública Nº 01/06, y;

 

CONSIERANOO:

 

Que por Resolución 240/06 se adjudica la mencionada Licitación Pública 1/06 de la Obra Nº 06/07 - Facultad de Ciencias Económicas-Barandas y Canteros la a firma " PSP CONSTRUCCIONES S.R.L.", con domicilío en calle Balcarce Nº 1.901 de esta Ciudad. por el monto de $ 79.922,08.

 

Que conforme a la documentación obrante y las distintas constancias asentadas en el Libro de Ordenes de Servicios, han existido distintos incumplimientos, sucesivos y sistemáticos (ordenes de Servicios 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19 y 20 - estas tres últimas nunca fueron recibidas por la contratista) en relación a la Obra N° 006/7 -Facultad de Ciencias Económicas Barandas y Canteros", que culminó con la suspensión de la misma y abandono en forma unilateral, ilegal e inconsulta.

 

El incumplimiento de 13 contratista a los Artículos del pliego de Condiciones Generales;

·         Nº 60: "Representante del contratista" (Ausencia del mismo);

·         61: Libro de Ordenes de Servicio (Falta de notificación);

·         98: Plazas de ejecución de tos trabajos;

·         Nº 99: "suspensión de los Trabajos";

 

Que también incurrieron en el incumplimiento del Art. 4: "Plazo de ejecución de los trabajos", de] pliego de condiciones particulares.

 

Que la nota del Director Gral de Obras y Servicios de la Universidad y Dictamen de Asesoría Jurídica de la Universidad que corren a fs. 133 y 137, respectivamente, del expediente de referencia, impone la rescisión del contrato atento las circunstancias allí explicitadas.

 

Que ante tal situación, son de aplicación los Artículos:

·         Nº 100: "Rescisión de Contrato de Obra";

·         Nº 101: "Multas por retardo en la entrega de la obra".

 

Que ante el incumplimiento contractual del Contratista se resuelve el contrato por culpa exclusiva y excluyente del mismo y mediante Carta Documento se intimó en el término de 48 horas de recibida la misma y de acuerdo al Art. 29 del PCP. a la devolución del anticipo de obra percibidos. bajo apercibimiento de la ejecución de 13 póliza de garantía y demandar judicialmente los daños y perjuicios por el incumplimiento producido a esta Unidad Académica, que deberá recurrir a 13 contratación de terceros a vuestro cargo para cu1minar con el trabajo encomendado.

 

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que le son propias,

 

RESUELVE:

 

Art. 1º.- Rescindir el Contrato con la firma "PSP CONTRUCCIONES S.R.L." con domicilio en calle Balcarce 190 de esta Ciudad, en un todo de acuerdo al exordio.

Art. 2°.- Excluir a la firma "PSP CONSTRUCCIONES S.R.L" de cualquier contratación futura que efectúe esta Universidad

 

Art. 3..- Solicitar a la Dirección General de Obras y Servicios de la Universidad la ejecución de la garantía constituida por la contratista y el reclamo de la reparación de los perjuicios sufridos en exceso a esa garantía.

 

Art. 4°.- Solicitar a la Dirección General de Obras y Servicios de la Universidad arbitren los medios necesarios para disponer la finalización de los trabajos pendientes de la Obra Facultad de Ciencias Económicas-Barandas y Canteros.

 

Art. 5°.- Comunicar la presente resolución al REGISTRO PROVINCIAL DE CONTRA T[ST AS DE OBRAS PUBLICAS, a los fines correspondientes.

 

Art. 6°.- Publíquese en Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a Rector, Secretaria del Consejo Superior, Facultades y Sedes Regionales, Dirección General Obras y Servicios, Direcciones de Contracciones y Compras y  notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a la Dirección General de Administración, para su toma de razón y demás efectos.

 

 

 

 

 

FIRMADO:

Cr. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO

Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE, SECRETARIA ACADEMICA