RESOLUCIÓN
N° 799/06
EXPEDIENTE
N° 6.553/06
SALTA,
05 de octubre de 2006
V I S T
O las presentaciones efectuadas por los alumnas Laura Mariela MACEDO, L.U. N°
514.093, de la carrera de Licenciatura en Administración, Plan de Estudios
2.003 y Fanny Graciela Lorena GARCÍA, L.U. N° 513¡585 de la carrera de Contador
Público Nacional, Plan 2.003, en las que solicitan inscripción y cursado
condicional en asignaturas de sus
respectivos
planes de estudios, y;
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por el Reglamento de Alumnos
de la Universidad Nacional de Salta -Res. C. S. N° 489/84 que establece que el
cursado de una asignatura debe ajustarse a las correlatividades fijadas por el Plan
de Estudios de la carrera correspondiente.
La Resolución N° 159/91, del Consejo
Superior de la Universidad Nacional de Salta, que permite el cursado
condicional de asignaturas solo en casos de trámite de equivalencia de materias
aprobadas en otras Universidades.
El dictamen de la Comisión de Docencia a
fs 3 del Expediente de referencia;
Por
ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL VICE-DECANO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS ECONOMICAS,
JURIDICAS y SOCIALES
RESUELVE
ARTICULO
1° -No autorizar a la alumna Laura Mariela MACEDO, L.U. N° 514.09:3, de la
carrera de Licenciatura en Administración, Plan de Estudios 2.0~3, el cursado
condicional de las asignaturas "ESTADÍSTICA I" y "ECONOMIA III"
ARTICULO
2° -No autorizar a la alumna Fanny Graciela Lorena GARCÍA, L.U. N° 513.585 de
la carrera de Contador Público Nacional, Plan 2.003, el cursado condicional de
la asignatura "ESTADÍSTICA I".
ARTICULO
3° -De forma.