RESOLUCIÓN Nº 406/06
EXPEDIENTE Nº 6.682/05
Salta, 5 de junio de 2006
VISTO: La nota presentada por el Cr. Hugo Rubén ANGEL mediante el cual informa sobre
un hecho relacionado con la firma de la planilla de asistencia a la clase de Auditoria del día 17 de
octubre de 2005, y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 obra fotocopia de la referida planilla donde se registran firma y aclaración de
Debóra y Noelia Zeitune.
Que la srta. Débora Zeitune no asistió a la clase de Auditoria del día 17 de octubre de 2005.
Que a fs. 5 la alumna Débora Zeitune asume toda la responsabilidad de todo lo ocurrido,
alegando que le solicitó a su hermana Noelia Zeitune que le firme la planilla de asistencia debido
que por cuestiones laborales llegaría mas tarde, pero no se presentó.
Que la mencionada alumna, por lo tanto, pretendió engañar al docente al hacerse firmar la
asistencia y no concurrir a clases.
EL Dictamen Nº 8.694 de Asesoría Jurídica el cual aconseja se debe imponerle a ambas
alumnas una sanción disciplinaria de Apercibimiento.
EL Art. 117, inciso j) del estatuto universitario.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL VICE-DECANO DE
JURÍDICAS y SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO nº 1.- Apercibir a las alumnas Débora ZEITUNE, D.N.I ~ 26.701.708 y L.U. nº
505.477 y Noelia ZEITUNE, DNI nº 27.571.728 y L.U. ~ 506.568, por los motivos expuestos en
el exordio.
ARTÍCULO nº 2.- Hágase saber a las interesadas, al Cr. Hugo ANGEL, a
Académica, a los Departamentos de Alumnos e Informática para su conocimiento y demás efectos-
Nv/ndc
FIRMADO:
Cr. ANTONIO FERNANDEZ FERNANDEZ, VICE - DECANO
Cra. ELIZABETH TRUNINGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA