RESOLUCION N° 303-06

                                   Expte. Nº 6.470/05

                                   Salta 9 MAY 2006

 

 

      VISTO: La nota presentada por la señora Norma A. Vilca, Directora Académica de esta Unidad Académica mediante la cual solicita interpretación de la Res. CS 320/03, 321/03 y 322/03, respecto de las equivalencias acordadas entre los planes de estudios 2003 y 1985, y,

 

CONSIDERANDO:

 

      Que existen alumnos que registran inscripción y materias aprobadas en carreras con planes de estudios 2003 y, simultáneamente por el sistema de carrera paralela, registran inscripción y materias aprobadas en carreras con planes de estudios 1985, y que solicitaron equivalencias.

 

      Que pese a que los planes de estudios 1985 están en vías de extinción, aún permanecen en dicho plan una cantidad significativa de alumnos.

 

      Que en el punto IX de la Res. N° 320/03 se consigna el régimen de equivalencias de materias del plan de estudios 2003 de la carrera de Licenciado en Economía con las asignaturas de los Planes anteriores ( 1985).

 

      Que a fs. 18 de la Res. ~ 321/03 se consigna el régimen de equivalencias de materias del plan de estudios 2003 de la carrera de Contador Público Nacional con las asignaturas de los Planes anteriores (1985).

 

      Que en el punto IX de la Res. N° 322/03 se consigna el régimen de equivalencias de materias del plan de estudios 2003 de la carrera de Licenciado en Administración con las asignaturas de los Planes anteriores (1985).

 

      Que algunas asignaturas cuatrimestrales en el Plan de Estudios 1985 son Módulos en los Planes de Estudios 2003, por lo tanto tienen distintos contenidos.

 

      Que los contenidos de la asignatura Matemática m está dividida en Módulos en los planes de estudios 2003.

 

      Lo dictaminado por las Comisiones de Docencia y de Ética, interpretación y docencia a fs. 39 y 37 respectivamente.

 

      Lo dispuesto por el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria N° 6 de fecha 9 de mayo de 2006.

 

      POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL VICE DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURIDICAS y SOCIALES

RESUELVE:

 

ARTICULO N° 1.- AUTORIZAR a la Dirección Académica la aplicación de los regímenes de equivalencias de materias de los planes de estudios 2003 de las carreras de Licenciado en Economía, Contador Público Nacional y Licenciado en Administración para otorgar equivalencias de éstas con asignaturas de los Planes de Estudios (1985), a excepción de los

Módulos que componen asignaturas de los Planes de Estudios 2003 .

 

ARTICULO 2°.- ESTABLECER que los siguientes Módulos de los planes de Estudios 2003 no podrán ser equiparados por asignaturas cuatrimestrales de los planes de estudios 1985:

 

            - Derecho Público (CPN 03) Módulo I ( Derecho Constitucional)

            - Derecho Público (CPN 03) Módulo II (Derecho Administrativo)

            - Derecho II (LA 03) Módulo I (Derecho Comercial)

            - Derecho II(LA 03) Módulo II (Derecho Societario )

            - Derecho III (LA 03) Módulo I ( Derecho Administrativo)

            - Derecho III (LA 03) Módulo II ( Finanzas Públicas y Derecho Tributario)

            - Derecho IV (LA 03) Módulo I ( Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social)

            - Derecho II (LA 03) Módulo I ( Derecho Concursal )

            - Contab. para Administradores Módulo I (Contabilidad I y II )

            - Contab. para Administradores Módulo II (Costos)

            - Administración y Hacienda Pública Módulo I

            - Administración y Hacienda Pública Módulo II .

 

ARTICULO 3°.- DISPONER que en el caso de la asignatura Matemática m (Módulos I y II ) de las carreras de Licenciado en Economía, Contador Público Nacional y Licenciado en Administración de los planes de estudios 2003, se podrá equiparar con la asignatura Matemática II de las carreras de Contador Público Nacional y Licenciado en Administración con mención en Sector Empresas y Público Planes de Estudios 1985, cuando se cuente con ambos Módulos aprobados.

 

ARTICULO 4° .-HAGASE SABER al Consejo Superior, a la Dirección Académica, a los Departamentos de Alumnos e Informática, al C.E.U.C.E. y demás interesados para su conocimiento y demás efectos.

 

 

NV

 

FIRMADO:

CR. ANTONIO FERNANDEZ FERNANDEZ, VICE- DECANO

CRA. ELIZABETH TRUNNINGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA