SALTA,
2 O DIC 2005
Res. N°
9 6 8 -O 5 Expte. N° 6. 336/04
VISTO:
La nota presentada por la Cra. Hermosinda Egüez, Secretaria
Académica
Administrativa
de la carrera de Posgrado "Especialización en Tributación" que se
dicta en
esta
Unidad Académica, mediante la cual solicita aprobación de Programas, Bibliografía
y
Modalidad
de Evaluación de los Módulos m y VI de la citada ~ y;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 284/04 del Consejo Superior de la Universidad
Nacional
de
Salta, aprueba el dictado de la carrera de Posgrado "ESPECIALIZACION EN
TRIBUTACIÓN",
en su Tercera Edición.
Que en los puntos 12 y 14 de la Resolución antes mencionada, se
aprueban el
Plan de
Estudios y los Contenidos de los Módulos, respectivamente.
Que es necesario aprobar los programas, bibliografías y modalidad
de evaluación
de los
Módulos m y VI.
El dictamen de la Comisión de Posgrado y Extensión Universitaria
que corre a
fs. 21
del expediente de referencia.
Lo resuelto en reunión ordinaria de Consejo Directivo N° 13/05 de
fecha
15.11.05.
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que le son propias
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
ECONOMICAS, JURIDICAS y SOCIALES
RESUELVE
Articulo
1°.- Tener por aprobado los Programas y Bibliografía de los módulos que a
continuación
se detallan, de la Carrera de Posgrado "ESPECIALIZACION EN
TRIBUTACIÓN"
- 3a Edición y que se agregan como ANEXO I y II, respectivamente:
.MODULO III: Seminario sobre Imposición a la Renta ya los
Patrimonios
.MODULO VI: Seminario de Derecho Penal Tributario.
Articulo
2°.- Tener por aprobada la Modalidad de Evaluación de los Módulos que se
detallan
y que expresan:
MODULO III: Examen final y presentación de monografía. En ambos el
alumno debe obtener
una calificación de 4 ( cuatro ) o más, con derecho a un
recuperatorio según lo
indicado en la reglamentación (Res. CS-N° 284/04). La nota final
surgirá del
promedio de ambas.
MODULO VI: Seguimiento individual permanente, presentación de monografía
y examen final.
El alumno debe obtener, un conjunto, una calificación de 4
(cuatro) o más, con
derecho a un recuperatorio según lo indicado en la reglamentación
(Res. CS-N°
284/04).
Artículo
3°.- De forma.
Amy
FIRMADO:
Cr.
VICTOR HUGO CLAROS, DECANO
Cra.
ELIZABETH TRUNINGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA