RESOLUCIÓN Nº 601/05

 

                                                           EXPEDIENTE Nº 6.162/05

 

                                                           Salta, 1 de Septiembre de 2.005

 

 

      VISTO: La nota presentada por el Sr. Diego Oscar Palavecino, Jefe del Departamento. de

Biblioteca de esta Facultad (a fs. 8) mediante la cual solicita se inhabilite al alumno Fernando

Alfonso Torres, D.N.I. Nº 29.816.339, L.U. Nº 513236;

 

      CONSIDERANDO:

 

            QUE se encuentra vencido el plazo otorgado por Jefe de Dpto. de Biblioteca para la

devolución del material bibliográfico adeudado.

 

            QUE el reglamento General de Préstamo Bibliotecario según reza en el artículo Nº 42 de la

Resolución Nº 78/79 establece "que de no concretarse la devolución del material bibliográfico

adeudado, transcurrido diez (10) días de vencido el plazo para su entrega, se cursará comunicación

a la Dirección de Personal para que tome los recaudos legales correspondientes en cuanto al

descuento de haberes, conforme al monto de la deuda y demás efectos, cuando se trate de personal

docente " y "Tratándose de alumnos se comunicará a la Dirección de Alumnos y Unidades

Académicas a fin de que no se permita la realización de prácticos, exámenes parciales o finales y

otros trámites hasta tanto no se efectúe la devolución ".

 

            QUE el alumno Fernando Alfonso Torres a la fecha aún adeuda material bibliográfico

" Sistemas de precios y asignación de recursos de Leftwich, Richard. México: McGraw-Hill, 1.996 ".

 

      Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

                        EL VICE-DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

                                         JURÍDICAS y SOCIALES

 

                                               RESUELVE

 

ARTÍCULO Nº 1.- Suspender al alumno Fernando Alfonso Torres, D.N.I. Nº 29.816.339, L.U. Nº

513.236, en su condición de alumno regular a partir del 1 de Septiembre de 2.005 hasta la

devolución del material bibliográfico.

 

ARTÍCULO Nº 2.- Establecer que el alumno mencionado en Art. Nº 1 de la presente Resolución

no podrá rendir prácticos, exámenes parciales o finales ni realizar otros tramites hasta la devolución

del material bibliográfico.

 

ARTÍCULO Nº 3.- Hágase saber al interesado, a la Secretaria de la Facultad a la Dirección

Académica, a los Departamentos de Alumnos e Informática para su conocimiento y demás efectos.

 

nv/ndc

 

FIRMADO:

CR. ANTONIO FERNÁNDEZ FERNANDEZ ,VICE- DECANO

CRA. ELIZABETH TRUNINGER DE LORÉ, SECRETARIA ACADEMICA