RESOLUCIÓN 299-05

EXPEDIENTE Nº 6.216/99

Salta, 2 HAY 2005

 

      VISTO: La planificación de la asignatura ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVO CONTABLE de las carreras de Contador Público Nacional, Plan de estudios 1.985, para el período lectivo 2.005, presentada por Cr. Armando R. V ARILLAS,

Profesor Adjunto Regular de la mencionada asignatura, y;

 

CONSIDERANDO:

 

      Lo dictaminado por la Comisión de Docencia, a fs. 58 del presente expediente.

 

      Lo dispuesto por el Artículo 113, Inciso 8 de la Resolución A. U. 1/96, Estatuto de la Universidad Nacional de Salta (atribución del Consejo Directivo de aprobar Programas Analíticos y la Reglamentación sobre régimen de regularidad y promoción).

 

      Lo dispuesto por la Resolución N° 420/00 y 718/02 del Consejo Directivo de esta Unidad Académica, mediante la cual delega al Señor Decano la atribución antes mencionada.

 

      POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias

 

EL VICE-DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

JURÍDICAS y SOCIALES

RESUELVE

 

ARTICULO 1- Aprobar la planificación que obra de fs. 41 a 56 y 59 a60, de la

asignatura ORGANIZACION ADMINISTRATIVO CONTABLE, de las carreras de Contador Público Nacional, Plan de estudios 1.985, presentada por el Cr. Armando R.

V ARILLAS, Profesor Adjunto Regular, cuyas condiciones para regularizar y sistema de evaluación obran como Anexo I de la presente Resolución.

 

ARTICULO 2- RATIFICAR el Programa analítico, de examen y bibliografía aprobado por Res. 259/01 de esta Facultad.

 

ARTICULO 3- Hágase saber a la cátedra, al C.E.U.C.E. ya los Departamentos de

Alumnos e Informática para su toma de razón y demás efectos.

 

 

 

 

ANEXOI

 

Cátedra: Organización Administrativo Contable

Año: 2005

 

-CRITERIOS Y SISTEMA DE EV ALUAOON

 

Se describe en la cartilla que se acompaña. Como puede observarse la cátedra adopta dos sistemas de evaluación final: Un examen escrito final integrador para los alumnos que están en condiciones de promocionar la asignatura o una evaluación oral para aquellos que la regularicen. En ambos casos se evalúa no solamente la prueba final sino también que se tiene en consideración (no excluyente ni suficiente) el desempeño del alumno durante todo el cursado de la asignatura. Todo ello sin perjuicio de ser examinados (con una prueba escrita y

otra oral) aquellos que estén en condiciones de inscribirse como "libres".

 

-CONDICIONES PARA OBTENER LA REGULARIDAD Y lO PROMOCIONALIAD

 

Las mismas se encuentran claramente especificadas en la cartilla que se acompaña. La cartilla se entrega al inicio de los cursos y constituye la base del contrato pedagógico que se establece entre docentes, alumnos y la institución.

 

 

nv/ndc

 

 

FIRMADO:

CR. ANTONIO FERNANDEZ FERNANDEZ, VICEDECANO

CRA. ELIZABETH TRUNINGER DE LORÉ, SECRETARIA ACADEMICA