SALTA, 25 FEB 2005
Res, Nº O78-05 Expte. N° 6.003/04
VISTO:
La nota presentada por la Cra. Lea C. Cortés de Trejo, Directora del Departamento de Administración Pública de esta Unidad Académica, mediante la cual solicita la extensión de funciones del Sr . Hugo C. Tolaba hasta el 30.06.05, para realizar la instalación y puesta en marcha de la Biblioteca Virtual del Sector Público en esta Facultad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Tolaba fue designado mediante Resolución N° 070/04, para desarrollar tareas relacionadas con la construcción de la Base de Datos Virtual del Sector Público, siendo necesaria su designación para la instalación y puesta en marcha de la mencionada Biblioteca Virtual, durante el primer semestre del año 2.005.
Que la Resolución C.S. N° 030/00 establece que las dependencias de la Universidad pueden otorgar asignaciones complementarias remunerativas no bonificables a su personal de apoyo universitario, por un período máximo de seis (6) meses y que no debe superar el 40% de la retribución asignada al agente cuando se requiera mayor dedicación, por incrementos periódicos de la labor propia del área.
La Resolución R-N° 0008/05, mediante la cual ad referéndum del Consejo Superior se prorroga hasta el 31 de marzo de 2005, la ampliación del plazo dispuesto por Resolución N° 310/04 y el 60 % establecido por Res. CS N° 243/04,.en carácter de excepción a la Resolución CS N° 030/00, que reglamenta la
asignación complementaria remunerativa no bonificable al Personal de Apoyo Universitario de esta Universidad.
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,
JURIDICAS y SOCIALES
R E S U E L V E
Artículo 1°.- Tener por asignado un complemento remunerativo no bonificable mensual equivalente al 60 % de la retribución de su cargo, al Sr. HUGO C. TOLABA, D.N.I. N° 22.713.202, Personal de Apoyo Universitario de la Dirección General de Cómputos de esta Universidad, por extensión de sus funciones fuera del horario habitual de trabajo para realizar la instalación y puesta en marcha de la Biblioteca Virtual del Sector Público, a partir del 01.02.05 y hasta el 31.03.05.
Artículo 2°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la ente Resolución a las economías producidas en la planta de personal de esta Facultad.
Artículo 3º.- Hágase saber al interesado, a la Obra Social de la Universidad Nacional de Salta y siga a la Dirección de Personal para su toma de razón y demás efectos.
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FIRMADO:
CR. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO
MARCELO D. PEYRET, DIRECTOR DE ADMINISTRACION