Salta, 1 DIC 2004

Res. N°: 798-04

Expte. N° 6.626/03

 

VISTO:

 

      Las presentes actuaciones mediante las cuales el Responsable del Master Especialista en Costos para la Gestión Empresarial, Cr. Roberto Mario Rodríguez, remite la Rendición N° II/03 para su conocimiento y consideración, y;

 

CONSIDERANDO:

 

      Que la mencionada carrera se encuentra aprobada por Resolución 191/02 y sus Anexos Reglamentarios I y II.

 

      Que en el Anexo II "Protocolo Adicional" suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y el Instituto Argentino de Profesores Universitarios de Costos I.A.P.U.C.O., en su Art. 7° manifiesta:

 

"Artículo 7°, el I.A.P.U.C.O, se compromete a sostener económicamente el desarrollo de la carrera como mínimo hasta la finalización de una promoción. Para ello tiene la facultad de percibir los aranceles que se determinen, en forma conjunta con la Facultad "

 

      Que la Rendición N° II/03 comprende el período correspondiente al mes de Noviembre de 2003

 

      Que la intervención de la Facultad, según cláusulas contractuales se limita a los aspectos académicos y no tiene injerencia en el proceso de ejecución financiero, salvo en lo vinculado a la determinación de las alícuotas o aranceles dispuesto por las cláusulas octava y novena del Anexo II -Protocolo Adicional.

 

      Que no es necesario emitir informe sobre la rendición de gastos del postgrado, por cuanto el control administrativo del mismo es competencia del I.A.P.U.C.O.

 

      Que la Coordinación de los Post Grados ha verificado lo expuesto en la cláusula séptima, respecto del cumplimiento de toda normativa existente en el ámbito de la Universidad.

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS, ECONOMICAS.

JURÍDICAS y SOCIALES

 

Artículo 1°.- Convalidar el Anexo I -Ingresos de la Rendición N° 11/03 por Pesos: CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 4.760.00) del Master Especialista en Costos para la Gestión Empresarial, atento a la documentación probatoria que obra

en la misma y que formula parte de la presente rendición.

 

Artículo 2°.- Dejar debidamente aclarado que la presente no implica deslindar la eventual responsabilidad que le pudiera corresponder a los responsables de la carrera de Postgrado por incumplimiento de requisitos formales derivados del cumplimiento de las normas vigentes dentro de la Universidad.

 

Articulo 3°.- Hágase saber a Secretaría Administrativa de la Universidad y siga a la Unidad de Auditoria Interna de la Universidad para su toma de razón y demás efectos.

 

 

Mdp

Apia

 

FIRMADO:

CR. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO

LlC. MIGUEL MARTIN MINA, SECRETARIO ACADEMICO