Salta, 1 DIC 2004
Res. N°: 787-04
Expte. N° 6.015/03
VISTO:
Las presentes
actuaciones mediante las cuales el Responsable del Master Especialista en
Costos para la Gestión Empresarial, Cr. Roberto Mario Rodríguez, remite la
Rendición N° 7/02 para su conocimiento y consideración, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada
carrera se encuentra aprobada por Resolución 191/02 y sus Anexos Reglamentarios
I y II.
Que en el Anexo II
"Protocolo Adicional" suscripto entre la Universidad Nacional de
Salta y el Instituto Argentino de Profesores Universitarios de Costos
I.A.P.U.C.O., en su Art. 7° manifiesta:
"Artículo 7°, el I.A.P.U.C.O, se compromete a sostener
económicamente el desarrollo de la carrera como mínimo hasta la fmalización de
una promoción. Para ello tiene la facultad de percibir los aranceles que se
determinen, en forma conjunta con la Facultad "
Que la Rendición N°
07/02 comprende el período correspondiente al mes de Noviembre y Diciembre del
2.002
Que la intervención de
la Facultad, según cláusulas contractuales se limita a los aspectos académicos
y no tiene injerencia en el proceso de ejecución financiero, salvo en lo
vinculado a la determinación de las alícuotas o aranceles dispuesto por las
cláusulas octava y novena del Anexo II -Protocolo Adicional.
Que no es necesario
emitir informe sobre la rendición de gastos del postgrado, por cuanto el
control administrativo del mismo es competencia del I.A.P.U.C.O.
Que la Coordinación de
los Post Grados ha verificado lo expuesto en la cláusula séptima, respecto del
cumplimiento de toda normativa existente en el ámbito de la Universidad.
Por ello:
En uso de las atribuciones
que le son propias
EL DECANO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS, ECONOMICAS.
JURÍDICAS y SOCIALES
Artículo 1°.- Convalidar el Anexo I- Ingresos de la Rendición N°
07/02 por Pesos: Seis mil novecientos veinte ($ 6.920.00) del Master Especialista
en Costos para la Gestión Empresarial, atento a la documentación probatoria que
obra en la misma y
que forma parte de la presente rendición.
Artículo 2°.- Dejar debidamente aclarado que la presente no
implica deslindar la eventual responsabilidad que le pudiera corresponder a los
responsables de la carrera de Postgrado por incumplimiento de requisitos
formales derivados del cumplimiento de las normas vigentes dentro de la
Universidad.
Articulo 3°.- Hágase saber a Secretaría Administrativa de la
Universidad y siga a la Unidad de Auditoria Interna e la Universidad para su
toma razón y más efectos.
FIRMADO:
CR. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO
LIC. MIGUEL MARTIN MINA, SECRETARIO ACADEMICO