RESOLUCIÓN 724-04

 

EXPEDIENTE 6138/04

 

Salta, 9 NOV 2004

 

VISTO:

 

La Res. N° 168/04 mediante la cual se ordena la instrucción de una Información Sumaria con el objeto de esclarecer los hechos y deslindar, responsabilidad en la agresión sufrida por un estudiante de la Facultad, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que ha fs. 25-26 del Expte. 6138/04 Asesoría Jurídica eleva el siguiente Informe Final:

 

VISTO:

 

Que se encuentran reunidos los extremos exigidos por el Artículo 39 del Reglamento de Investigaciones Administrativas (Decretos 467/99) se clausura la presente informaci6n sumaria, que no justifica la instrucci6n de un sumario administrativo y se emite el INFORME FINAL:

a) RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS INVESTIGADOS.-

Las actuaciones realizadas en Expediente 6.138/04, se inician en virtud de una nota de fecha 07 de abril de 2004 del Director de Servicios Generales de la UNSA Héctor Crist6fari al señor Decano de la Facultad de Ciencias Econ6micas en la que eleva fotocopias de cuaderno de novedades, correspondientes a Sector C, donde se informa la agresi6n sufrida por un estudiante de la Facultad de Ciencias Económicas.-

Rolan en el mencionado expediente a fs. 2/3 fotocopias del cuaderno de novedades en las que se dejo constancia de un agresi6n física sufrida por Facundo Mendoza supuestamente por Huanca Victor Andrés y Tobías Iván Luna estudiantes de Ingeniería, en su mérito el entonces sr. Decano de la Facultad de Ciencias Económicas resolvió ordenar la instrucción de una información sumaria con el objeto de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidad (fs. 4).

En expediente 14.096/04 obran iguales actuaciones debiendo en consecuencia ser tratadas conjuntamente.

 

b) ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA.-

La Instrucci6n sumarial cito a Facundo Mendoza quien concurre según constancia de fs. 6 y declara que fecha 6 de abril de 2004, efectivamente fue agredido por un golpe de puño en el ojo desconociendo la identidad del agresor quien estaba en compañía con otras tres personas desconocidas por él pero le dijeron que le digan a Ariel Ochoa, compañero de la carrera de Contador Público Nacional que ya lo iban a encontrar y que en el momento en que sucedió el hecho pasaba una señora que lo llevo al Departamento de Sanidad donde lo atendió el Dr. Del Castillo quien le receto un antinflamatorio.

Continua Asimismo se lo llama a declarar al sr. Roberto Ariel Ochoa quien lo hace a fs. 13 quien manifiesta que en igual fecha iba caminando hacia el anfiteatro siendo correteado y amenazado de muerte por una persona Huanca Victor Andrés. Salio a defenderlo un compañero llamado Hugo Kairuz, no obstante ello continuo Huanta amenazándolo y un grupo de chicos lo protegieron en la Zona de la iglesia y lo llevan anfiteatro y que lo amenazo que le iba hacer una denuncia penal si lo golpeaba.-

Continúa manifestando que cuando estaba fuera del anfiteatro no logró su cometido Huanca de pegarle por la protección ejercida por sus compañeros y que se entera que esta persona le había pegado a Facundo Mendoza y que hace conocer que una persona lo amenaza un tal Alejandro Ruiz a quien le radicara denuncias penales por amenaza de muerte y extorsión cuyas copias se agregan a fs. 10/12. Deja constancia que no puede concurrir a la Facultad de Ciencias Económicas tranquilo sino que debe andar acompañado por sus compañeros o su familia, que pide protección a la Universidad.

 

A fs. 15 rola declaración de Víctor Andrés Huanca, quien dice que es estudiante ingresante de la carrera de Ingeniería Industrial, que tuvo un inconveniente con algunos estudiantes de Ciencias Económicas, reconoce haber golpeado a Facundo Mendoza, ser novio de Mabel Zelaya y haber tenido un yeso en su mano porque estaba lesionado. El declarante no quiso firmar, firmando la Dra. Raquel de la Cuesta y el Dr. Horacio Marcelo de la Serna quienes dan fe de lo acaecido en esa

acta.-

A fs. 17 luce una nota de Víctor Andrés Huanca en la que se responsabiliza de todas las denuncias y acusaciones realizadas en el presente expediente.

 

c) CALIFICACIÓN DE LA CONDUCTA

El investigado Víctor Andrés Huanca cometió una grave falta ya que actuó con incorrección al haber agredido físicamente a Facundo Mendoza y al amenazar a Roberto Ariel Ochoa siendo por ello posible de una sanción disciplinaria de suspensión por un año calendario de su actividad académica y de su condición de alumno regular en la Facultad de Ingeniería, debiendo imponer esta sanción el sr. Decano de la Facultad de Ingeniería de conformidad al inciso j del artículo 117 del estatuto universitario y asimismo se disponga a través del Servicio Social de la Secretaría de Bienestar Universitario la visita a la familia de Huanca, Víctor Andrés a fin de poner en conocimiento de estas actuaciones.

 

f) VISTA AL INVESTIGADO

 

Se le hará saber al investigado que tiene el plazo de diez días hábiles para que produzca su descargo y proponga medidas de prueba si correspondiere, contador a partir del último día del establecido para la vista. Notifíquese personalmente o  por cédula."

 

Que a fs. 29 del mismo expediente, Asesoría Jurídica - Dirección de Sumarios - de esta Universidad emite el siguiente informe:

 

VISTO:

Que se notificó al sr. Víctor Andrés Huanca del Informe Final que rola a fs. 25/26 según constancia de la cédula que obra a fs. 28, sin que el mismo haya efectuado descargo y propuesto medidas de pruebas que hagan a su derecho en legal tiempo y forma, por lo que se le por decaído el derecho dejado de usar.

En su mérito se debe tener por definitivo el mentado informe final, debiendo el  señor Decano de la Facultad de Ciencias Económicas dictar resolución administrativa con la íntegra trascripción del citado informe y el presente en  la que se disponga:

 

  1) Dar por concluida la presente información sumaria.

  2) Solicitar al sr. Decano de la Facultad de Ingeniería la imposición al alumno Víctor Andrés Huanca DNI 32.347.469 de la sanción disciplinaria de suspensión por un año calendario de su actividad académica y de su condición de alumno regular en la Facultad de Ingeniería y en el ámbito universitario, toda vez que por el inciso j del artículo 117 del estatuto universitario es la autoridad que debe aplicar la sanción.-

  3) El sr. Decano de la Facultad de Ingeniería debe disponer a través del, Servicio Social de la Secretaría de Bienestar Universitario la visita a la familia, Huanca domiciliada en Bolívar 1.080 Barrio 20 de Febrero, para poner en su conocimiento estas actuaciones.

 

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS,

JURIDICAS Y SOCIALES

 

RESUELVE:

 

ARTICULO 1.- Dar por concluida la presente información sumaria.

 

ARTICULO 2.- Solicitar al sr. Decano de la Facultad de Ingeniería la  Imposición al alumno Víctor Andrés Huanca, DNI 32.347.469 de la sanción disciplinaria de suspensión por un año calendario de su actividad académica y de su condición de alumno regular en la Facultad de Ingeniería y en el ámbito universitario, toda vez que por el inciso j del artículo 117 del estatuto universitario es la autoridad que debe aplicar la sanción.-

 

ARTICULO 3.- Solicitar al sr. Decano de la Facultad de Ingeniería que disponga, a través del Servicio Social de la Secretaría de Bienestar Universitario, la visita a la familia Huanca domiciliada en Bolívar 1.080 Barrio 20 de Febrero, para poner en su conocimiento estas actuaciones.

 

ARTICULO Nº 4.- Hágase saber al Decano de la Facultad de Ingeniería, a Asesoría Jurídica de a Universidad y demás interesados para su toma de razón y demás efectos.

 

 

 

FIRMADO:

CR. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO

LIC. MIGUEL MARTIN NINA, SECRETARIO ACADEMICO