Salta, 18 de marzo de 2004

RES. N° 104/04

Expte. N° 6086/04

 

VISTO: La nota presentada por la sra. Jefa del Departamento Informática de la Facultad, por medio de la cual solicita se asigne extensión de funciones a la srta. María Carolina Cabezas para realizar tareas relacionadas control de datos correspondientes a los alumnos desertores y los rechazados en la Inscripción por materia; y,

 

CONSIDERANDO: :

 

      Que la falta de personal en todos los sectores de esta Unidad Académica, sumado al incremento temporario de las tareas en algunas áreas hace necesario el aumento de dedicación de algunos agentes de planta.

 

      Que el Departamento Informática se encuentra abocado a múltiples actividades, propias del momento que transcurre, a lo que se suma la verificación de datos de numerosos estados curriculares y la migración de los datos desde el viejo Sistema Magic hacia el nuevo Sistema SIU.

 

      Que la Resolución C.S. N° 030/00 establece que las dependencias de la Universidad pueden otorgar asignaciones complementarias remunerativas no bonificables a su personal de apoyo universitario, por un período máximo de seis (6) meses y que no debe superar el 40 % de la retribución asignada al agente cuando se requiera mayor dedicación, por incrementos periódicos de la labor propia del área.

 

POR ELLO:

      En uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL DECANO DE LA FACUL TAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURÍDICAS y SOCIALES

RESUELVE:

 

 

ARTICULO 1°.- Asignar a la srta. María Carolina CABEZAS, Legajo N° 5358/1, personal de apoyo universitario de esta Facultad, un complemento remunerativo no bonificable mensual equivalente al cuarenta por ciento (40%) de la retribución de su cargo, por extensión de sus funciones fuera del horario habitual de trabajo, para atender tareas relativas al control curricular de alumnos desertores y los que resultaron rechazados en las inscripciones por materia, a partir del 15 de marzo y por el término de dos (2) meses.

 

ARTICULO 2°.- Dejar establecido que la srta. CABEZAS deberá cumplir ochenta (80)

horas mensuales fuera de su horario habitual de trabajo, en las tareas asignadas por el Artículo 1° de la presente Resolución.

 

ARTICULO 3°.- Hágase saber a la interesada, a la Obra Social de la Universidad Nacional de Salta y siga a la Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.

 

 

FIRMADO:

Cr. LUIS ALBERTO MARTINO, DECANO

Lic. FERNANDO RICARDO ECHAZU RUSSO, SECRETARIO ACADEMICO