Salta, 9 de marzo de 2004
RES. N° 092/04
Expte. N° 6033/04
VISTO: La nota que corre a fs. 9 de las presentes actuaciones, por
medio de la cual el Sr. Jefe del Departamento Biblioteca de esta Unidad
Académica solicita se asigne un complemento remunerativo no bonificable a la
Sra. Virginia Mirella Fanzago, Personal de Apoyo Universitario del Departamento
de Becas de esta Universidad, para ayudar en la tarea de atención al público en
dicho sector; y,
CONSIDERANDO:
Que la falta de
personal que evidencia esta dependencia, sumado a las dificultades que representa
modificar los horarios de los agentes en servicio hace necesaria la designación
de la sra. Fanzago, quien prestó su consentimiento para realizar esta tarea
fuera de su horario habitual de trabajo.
Que la Resolución C.S.
N° 030/00 establece que las dependencias de la Universidad pueden otorgar
asignaciones complementarias remunerativas no bonificables a su personal de
apoyo universitario, por un período máximo de seis (6) meses y que no debe
superar el 40 % de la retribución asignada al agente cuando se requiera mayor
dedicación, por incrementos periódicos de la labor propia del área.
POR ELLO:
En uso de las
atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS ECONOMICAS,
JURIDICAS y SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar un complemento remunerativo no bonificable
mensual
equivalente al 40 % de la retribución de su cargo, a la sra.
Virginia Mirella Fanzago, Legajo N° 3369, Personal de Apoyo Universitario
Categoría 5 del Departamento Becas de esta Universidad, por extensión de sus
funciones fuera del horario habitual de trabajo, para ocuparse de tareas
relacionadas con la atención al público en el Departamento Biblioteca de la
Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, a partir del 22 de marzo
y hasta el 30 de junio del corriente año.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que la sra. FANZAGO deberá cumplir
cuatro (4) horas diarias a continuación de su horario habitual de trabajo, por
las tareas asignadas por el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la
presente Resolución a las economías producidas en la planta de personal de esta
Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a los interesados, a la Obra Social,
Universidad Nacional de Salta y siga a la Dirección General de Personal para su
toma de razón y demáS efectos.
FIRMADO:
Cr. LUIS ALBERTO MARTINO, DECANO
Lic. FERNANDO RICARDO ECHAZU RUSSO, SECRETARIO ACADEMICO