Salta, 9 de marzo de 2004

RES. N° 092/04

Expte. N° 6033/04

 

VISTO: La nota que corre a fs. 9 de las presentes actuaciones, por medio de la cual el Sr. Jefe del Departamento Biblioteca de esta Unidad Académica solicita se asigne un complemento remunerativo no bonificable a la Sra. Virginia Mirella Fanzago, Personal de Apoyo Universitario del Departamento de Becas de esta Universidad, para ayudar en la tarea de atención al público en dicho sector; y,

 

CONSIDERANDO:

 

      Que la falta de personal que evidencia esta dependencia, sumado a las dificultades que representa modificar los horarios de los agentes en servicio hace necesaria la designación de la sra. Fanzago, quien prestó su consentimiento para realizar esta tarea fuera de su horario habitual de trabajo.

 

      Que la Resolución C.S. N° 030/00 establece que las dependencias de la Universidad pueden otorgar asignaciones complementarias remunerativas no bonificables a su personal de apoyo universitario, por un período máximo de seis (6) meses y que no debe superar el 40 % de la retribución asignada al agente cuando se requiera mayor dedicación, por incrementos periódicos de la labor propia del área.

 

POR ELLO:

      En uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURIDICAS y SOCIALES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Asignar un complemento remunerativo no bonificable mensual

equivalente al 40 % de la retribución de su cargo, a la sra. Virginia Mirella Fanzago, Legajo N° 3369, Personal de Apoyo Universitario Categoría 5 del Departamento Becas de esta Universidad, por extensión de sus funciones fuera del horario habitual de trabajo, para ocuparse de tareas relacionadas con la atención al público en el Departamento Biblioteca de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales, a partir del 22 de marzo y hasta el 30 de junio del corriente año.

 

ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que la sra. FANZAGO deberá cumplir cuatro (4) horas diarias a continuación de su horario habitual de trabajo, por las tareas asignadas por el Artículo 1° de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución a las economías producidas en la planta de personal de esta Facultad.

 

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a los interesados, a la Obra Social, Universidad Nacional de Salta y siga a la Dirección General de Personal para su toma de razón y demáS efectos.

 

 

FIRMADO:

Cr. LUIS ALBERTO MARTINO, DECANO

Lic. FERNANDO RICARDO ECHAZU RUSSO, SECRETARIO ACADEMICO