SALTA,
06/05/10.-
Expediente Nº 11.291/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 205/10
VISTO las
presentes actuaciones por las cuales la Ing. Agr. Stella Maris PÉREZ de BIANCHI presenta
renuncia condicional al cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva de la asignatura BOTÁNICA GENERAL – Facultad de Ciencias
Naturales, y
CONSIDERANDO:
Que
el Consejo Directivo de la
Facultad de Ciencias Naturales, mediante Resolución CS Nº 065/10,
solicita a este Cuerpo la aceptación de dicha renuncia.
Que la renuncia obedece
a las disposiciones de la Administración de la Seguridad Social
(ANSES) y cuenta con la edad necesaria para tramitar el beneficio en el marco
de la Ley 29929.
Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y lo aconsejado por la COMISIÓN DE
DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 097/10,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
su Quinta Sesión Ordinaria del 15 de abril de 2010)
R
E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Tener por aceptada la renuncia condicionada
presentada por la Ing. Agr. Stella Maris PÉREZ de BIANCHI, LC Nº
5.242.325, al cargo de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Exclusiva de la asignatura BOTÁNICA GENERAL – Facultad de Ciencias
Naturales, a partir del 1º de mayo de 2010, como trámite previo a la obtención
de los beneficios jubilatorios.
ARTÍCULO 2°.- Agradecer a la Ing. Agr. PÉREZ de
BIANCHI los valiosos servicios prestados a esta Universidad.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que, a los efectos
jubilatorios de la docente mencionada, la presente resolución no afecta los
derechos que pudieran surgir de la aplicación de la Ley 26.508.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia
a: Sra. Rectora, Facultad de Cs. Naturales,
Dirección General de Personal, Ing. Pérez de Bianchi, Obra Social, Coordinación
Legal y Técnica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General
de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA - DR.
CARLOS ALBERTO CADENA